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Vencimiento de AFIP del pago de Servicio Doméstico

El día de la fecha, lunes 12 de enero de 2015, vence el pago obligatorio del Servicio Doméstico que realizan los empleadores. Tal como indica la página oficial de AFIP (www.afip.gob.ar), el jueves 15 vencerán los aportes voluntarios que realizan los Trabajadores de Casas Particulares. A continuación, el sitio de noticias EconoBlog.com.ar detalla los montos a ingresar, los cuales dependen de la cantidad de horas trabajadas semanalmente y de si se trata de un trabajador activo o de un jubilado. La lista de los monto a ingresar por cada trabajador activo registrado como Servicio Doméstico en AFIP son los siguientes: Mayor de 18 años de edad: Horas trabajadas semanalmente Importe a pagar Aportes Contribuciones Cuota de ART Menos de 12 […]

El día de la fecha, lunes 12 de enero de 2015, vence el pago obligatorio del Servicio Doméstico que realizan los empleadores. Tal como indica la página oficial de AFIP (www.afip.gob.ar), el jueves 15 vencerán los aportes voluntarios que realizan los Trabajadores de Casas Particulares. A continuación, el sitio de noticias EconoBlog.com.ar detalla los montos a ingresar, los cuales dependen de la cantidad de horas trabajadas semanalmente y de si se trata de un trabajador activo o de un jubilado.

La lista de los monto a ingresar por cada trabajador activo registrado como Servicio Doméstico en AFIP son los siguientes:

Mayor de 18 años de edad:

Horas trabajadas semanalmente Importe a pagar Aportes Contribuciones Cuota de ART
Menos de 12 $ 161 $ 19 $ 12 $ 130
Desde 12 a menos de 16 $ 224 $ 35 $ 24 $ 165
16 o más $ 498 $ 233 $ 35 $ 230

Mayor de 16 años y menor de edad:

Horas trabajadas semanalmente Importe a pagar Aportes Contribuciones Cuota de ART
Menos de 12 $ 19 $ 19 $ 130
Desde 12 a menos de 16 $ 35 $ 35 $ 165
16 o más $ 233 $ 233 $ 230

Los monto a ingresar por cada trabajador jubilado son los siguientes:

Horas trabajadas semanalmente Importe a pagar Aportes Contribuciones Cuota de ART
Menos de 12 $ 12 $ 12 $ 130
Desde 12 a menos de 16 $ 24 $ 24 $ 165
16 o más $ 35 $ 35 $ 230

Recordemos que las personas que poseen personal en sus Casas Particulares deben inscribirse como empleadores de Empleadas Domésticas. Dicho trámite se realiza por Internet, mediante el sitio de AFIP con la Clave Fiscal; Home Banking, en la sección «Servicios AFIP»; o teléfono, al número 0800-222-2526 (Opción 2).

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