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ASIMRA, acuerdo salarial $ 500.- – Bajar Acuerdo

La Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República Argentina, ASIMRA y  la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República  Argentina, ADIMRA, el día 24 de julio de 2009 en la sede del Ministerio de Trabajo firmaron un Acuerdo Salarial, por el cual los supervisores pertenecientes a este gremio cobraran $500.- como suma No Remunerativa, bajo el Número de expediente Nº 1.337.918/09. El Acuerdo Salarial suscripto el día 24 de julio de 2009, según sus artículos: PRIMERO: Prorrogarla vige3ncia de los acuerdos salariales correspondientes a los Convenios Colectivos de Trabajo desde el 1º de mayo de 2009 hasta el día 31 de julio de 2009.- SEGUNDO: Las partes acuerda que, las Empresas comprendidas en el ámbito de aplicación […]

La Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República Argentina, ASIMRA y  la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República  Argentina, ADIMRA, el día 24 de julio de 2009 en la sede del Ministerio de Trabajo firmaron un Acuerdo Salarial, por el cual los supervisores pertenecientes a este gremio cobraran $500.- como suma No Remunerativa, bajo el Número de expediente Nº 1.337.918/09.

El Acuerdo Salarial suscripto el día 24 de julio de 2009, según sus artículos:

PRIMERO: Prorrogarla vige3ncia de los acuerdos salariales correspondientes a los Convenios Colectivos de Trabajo desde el 1º de mayo de 2009 hasta el día 31 de julio de 2009.-

SEGUNDO: Las partes acuerda que, las Empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo de ASIMRA, con contratos vigentes al 1º de mayo de 2009, deberán abonar en forma excepcional y sin que ello genere habitualidad o permanencia alguna la suma de $500.- como gratificación extraordinaria No Remunerativa, bajo la denominación de «PAGO EXTRAORDINARIO ACTA 24/07/2009»

TERCERA: El pago no genera aportes ni contribuciones a los sistemas de seguridad social, ni cuotas o contribuciones sindicales ni de ninguna naturaleza, con la única excepción de un aporte a cargo de los trabajadores y una contribución de los empleadores que se calculara sobre el importe arriba indicado a razón de un porcentaje similar al que se destina a la obra social. Para el sostenimiento de la cobertura médico-asistencial que provee dicha obra social.

CUARTA: Aclara que dicho importe no se incorporara a los básicos, ni tendrá referencia alguna para futuras negociaciones.

QUINTA: Dicho pago absorbe hasta su concurrencia cualquier pago que las Empresas hubieran otorgado o acordados con sus trabajadores, posteriores al 1º de Mayo de 2009.-

La empresas deben tener presente que si bien esta el acuerdo firmado deben esperar a que el mismo sea homologado y publicado en el Boletín Oficial.

Bajar Acta Acuerdo ASIMRA 24-07-09

1 comentario en “ASIMRA, acuerdo salarial $ 500.- – Bajar Acuerdo”

  1. no entiendo por que asimra siempre depende de los acuerdos de la uom para poder saber de los mismos ,pertenesco sl gremio y no me gusta depender de otros,o no tenemos suficientee conduccion para ello?

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