Mujer con carpeta de EconoBlog

Sueldo del Servicio Doméstico 2015

El año pasado, mediante la Resolución Nº 1062/2014, el Ministerio de Trabajo de la Nación Argentina fijó el sueldo del Servicio Doméstico 2015. La escala salarial de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal de Casas Particulares ha entrado en vigencia a partir del 1ero de enero, fecha en la cual se ha completado el aumento del 30%, el cual había comenzado a aplicarse en el mes de septiembre de 2014 con un incremento del 20%. En el mes de octubre de 2014, el Gobierno Nacional firmó un aumento en el suelo del servicio doméstico del 30%, el cual se comenzó a aplicar en septiembre (20%) y se completó el mes pasado (10%). Dicho incremento es para el […]

El año pasado, mediante la Resolución Nº 1062/2014, el Ministerio de Trabajo de la Nación Argentina fijó el sueldo del Servicio Doméstico 2015. La escala salarial de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal de Casas Particulares ha entrado en vigencia a partir del 1ero de enero, fecha en la cual se ha completado el aumento del 30%, el cual había comenzado a aplicarse en el mes de septiembre de 2014 con un incremento del 20%.

En el mes de octubre de 2014, el Gobierno Nacional firmó un aumento en el suelo del servicio doméstico del 30%, el cual se comenzó a aplicar en septiembre (20%) y se completó el mes pasado (10%). Dicho incremento es para el personal que realice tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y toda otra tarea típica del hogar.

A continuación detallamos las remuneraciones a partir de enero según la categoría del trabajador:

Categoría Remuneración
Supervisor/a coordinación y control de las tareas: Por dos o más personas a su cargo. Personal con retiro: Hora: $40 / Mensual: $5135.
Personal sin retiro: Hora: $44 / Mensual: $5720.
Personal para tareas especificas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor; Toda otra tarea del hogar que requiere idoneidad del personal para llevarla a cabo. Personal con retiro: Hora: $38 / Mensual: $4771.
Personal sin retiro: Hora: $42 / Mensual: $5311.
Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado Gral. y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Hora: $36 / Mensual: $4654.
Asistencia y cuidados de personas: Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Personal con retiro: Hora: $36 / Mensual: $4654. Personal sin retiro: Hora: $40 / Mensual: $5187.
Personal para tareas generales: Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Personal con retiro: Hora: $33 / Mensual: $4186. Personal sin retiro: Hora: $36 / Mensual: $4654.

Aquel empleado que realice más de una actividad quedará comprendido por la categoría en la cual desempeñe la mayor cantidad de horas.

Cabe señalar que el aumento en el sueldo del servicio doméstico 2015 se aplica en lo devengado del mes de enero, el cual se abona el corriente mes.

Seguinos en WhatsApp

Seguinos

1.645 comentarios en “Sueldo del Servicio Doméstico 2015”

  1. Hola mi mama quiere saber cuanto le corresponde cobrar x semana trabaja 20 hs y le pagan x mes con retiro

  2. en el comentario anterior me olvide colocar que ella trabaja entre 12 y 16 hs semanales. gracias

  3. hola, yo quisiera saber cuanto debo aportar para que mi empleada tenga los aportes jubilatorios y la obra social. en estos momentos estoy abonando por VEP 224.00 pesos, mas 198 pesos en concepto de obra social por pago facil, quisiera saber si debo agragar mas diunero y en que concepto? gracias

  4. Graciela: una pregunta desde hace poco una señora trabaja en casa unas 7 horas semanales, yo se que si le aporto por esas horas ella no puede acceder a una obra social, por cuantas horas debería aportar para que pueda tener ese beneficio?
    Y si quiero aportar para que el hijo tenga obra social que debo hacer y cuanto sería el monto.
    Gracias

    1. Silvia

      Vos podes aportar por esa cantidad de horas y se debe pagar la diferencia Formulario 575, te paso un articulo podes bajar el formulario y ver la diferencias a pagar por obra social y jubilación

      http://www.econoblog.com.ar/24688/montos-y-formularios-para-pagar-aportes-y-la-art-de-las-empleadas-de-servicio-2014/

      Si pagar como si trabaja mas de 16 horas que es pagar que tenga obra social y jubilación tambien pagas ART que no es necesario, por eso paga lo que corresponde por las horas trabajadas y ella el formulario por las diferencias y por su hijo se paga $233.- (obra social)

Los comentarios están cerrados.