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AFIP, modifico la transferencia de automotores

El día 24 de enero de 2008 la AFIP, publico la Resolución General Nº 2403, referente al Régimen de información de operaciones de compraventa de automotores y/o motoehículos usados. Esta norma cambia la actual resolución general Nº 2032 en las siguientes modificaciones: Las operaciones de compra venta deberán ser informadas cuando el valor de la transferencia pactado, las operaciones concertadas o el valor establecido para el impuesto a los bienes personales sea igual o superior a $30.000.- para autos usados y de $8000.- para moto vehículos usados. Las altas, bajas y modificación de los domicilios de localización de vehículos deberán informarse dentro de los 10 días de producidas la operación. Se deberá informar las altas provisorias de vehículos por recepciones […]

El día 24 de enero de 2008 la AFIP, publico la Resolución General Nº 2403, referente al Régimen de información de operaciones de compraventa de automotores y/o motoehículos usados.

Esta norma cambia la actual resolución general Nº 2032 en las siguientes modificaciones:

  • Las operaciones de compra venta deberán ser informadas cuando el valor de la transferencia pactado, las operaciones concertadas o el valor establecido para el impuesto a los bienes personales sea igual o superior a $30.000.- para autos usados y de $8000.- para moto vehículos usados.
  • Las altas, bajas y modificación de los domicilios de localización de vehículos deberán informarse dentro de los 10 días de producidas la operación.
  • Se deberá informar las altas provisorias de vehículos por recepciones pendientes de instrumentación.
  • Se deberá informar la baja como sujeto empadronado.
  • Cuando opere el vencimiento del plazo establecido en un contrato de mandato y el mismo sea renovado en forma automática el sistema permitirá informar tal circunstancia, por única vez, por un plazo igual al original

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