Mujer mirando el logo de EconoBlog

Convenio Multilateral: Cambio del NUI (Número Único de Inscripción) por CUIT

Mediante la publicación de la Resolución General 3/2015, la Comisión arbitral del Convenio Multilateral (COMARB) estableció que se cambie el Número Único de Inscripción (NUI) por la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) que otorga la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). De esta forma se plantea una solución al problema de la limitación de la capacidad numérica que se tenía hasta este momento. Tal como se definió en la reunión de la Comisión Plenaria que se celebró el 25 de junio pasado, a partir del 1ero de noviembre de 2015, los contribuyentes inscriptos en el Convenio Multilateral será identificados con su número de CUIT. No obstante, por razones administrativas, normativas, tributarias e informáticas, se preservará adicionalmente la codificación de […]

Mediante la publicación de la Resolución General 3/2015, la Comisión arbitral del Convenio Multilateral (COMARB) estableció que se cambie el Número Único de Inscripción (NUI) por la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) que otorga la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). De esta forma se plantea una solución al problema de la limitación de la capacidad numérica que se tenía hasta este momento.

Tal como se definió en la reunión de la Comisión Plenaria que se celebró el 25 de junio pasado, a partir del 1ero de noviembre de 2015, los contribuyentes inscriptos en el Convenio Multilateral será identificados con su número de CUIT.

No obstante, por razones administrativas, normativas, tributarias e informáticas, se preservará adicionalmente la codificación de la jurisdicción sede, la cual es identificada con tres dígitos que van del 901 al 924. Dichos dígitos serán los ya asignados, con anterioridad a la adopción de la CUIT, en los primeros dígitos del número de inscripción o, en su defecto, los que a través del Sistema Padrón Web se asignen en los trámites que se efectúen a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

Un dato a tener en cuenta es que, con la RG 14/2014, la Comisión Arbitral estableció que las fechas de vencimiento para la presentación y pago de Ingresos Brutos del Convenio Multilateral se establece en base al dígito verificador del CUIT.

Cabe señalar que la tabla con los códigos de jurisdicción es la siguiente:

Código Provincia
901 Capital Federal
902 Buenos Aires
903 Catamarca
904 Córdoba
905 Corrientes
906 Chaco
907 Chubut
908 Entre Ríos
909 Formosa
910 Jujuy
911 La Pampa
912 La Rioja
913 Mendoza
914 Misiones
915 Neuquén
916 Río Negro
917 Salta
918 San Juan
919 San Luis
920 Santa Cruz
921 Santa Fe
922 Santiago del Estero
923 Tierra del Fuego
924 Tucumán

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *