Mujer con carpeta de EconoBlog

Empleados de Comercio: ¿Qué hacer si no me pagan el extra de 1524 pesos?

Tal como se ha pactado en el Acuerdo Salarial 2015 de Empleados de Comercio, en el mes de julio los empleados deben efectuar el pago de una suma no remunerativa de 1524 pesos, la cual debe estar detallada en el recibo de sueldo. Este monto debe ser liquidado junto con la remuneración mensual del trabajador, quien lo percibirá en los primeros días de agosto. En caso de no cobrar este extra, la persona se puede acercarse al Sindicato para efectuar el correspondiente reclamo. El Sindicato de Empleados de Comercio y las cámaras patronales acordaron un aumento del 27%, aplicable en dos tramos, en el Acuerdo Salarial que han firmado en el Ministerio de Trabajo. La primera suba (17%) fue retroactiva […]

Tal como se ha pactado en el Acuerdo Salarial 2015 de Empleados de Comercio, en el mes de julio los empleados deben efectuar el pago de una suma no remunerativa de 1524 pesos, la cual debe estar detallada en el recibo de sueldo. Este monto debe ser liquidado junto con la remuneración mensual del trabajador, quien lo percibirá en los primeros días de agosto. En caso de no cobrar este extra, la persona se puede acercarse al Sindicato para efectuar el correspondiente reclamo.

El Sindicato de Empleados de Comercio y las cámaras patronales acordaron un aumento del 27%, aplicable en dos tramos, en el Acuerdo Salarial que han firmado en el Ministerio de Trabajo. La primera suba (17%) fue retroactiva al mes de abril y la segunda (10%) comenzará a regir desde noviembre.

Aparte se acordó el pago de dos sumas no remunerativas de $1.524 cada una que deben ser pagadas por los empleadores en julio y septiembre. Dicho monto no debe ser tenido en cuenta como base en la próxima negociación paritaria.

Esta suma debe ser abonada de forma completa a aquellos trabajadores que hayan cumplido con la jornada legal. La misma tiene que se pagada de manera proporcional en los casos de jornada reducida.

Si el trabajador no recibe el pago de esta suma debe hacer una denuncia en el Sindicato de Empleados de Comercio. Una vez recibida la misma, el gremio se encargará de enviar inspectores para que constaten lo denunciado y apliquen las medidas necesarias para que esto se cumpla.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *