Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
| RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
| CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
| Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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| INSCRIPCIÓN | ||||||||||
| Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
| APORTES Y CONTRIBUCIONES | ||||||||||
| Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
| REMUNERACIONES BÁSICAS | ||||||||||
| CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
| PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
| SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
| TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
| CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
| QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
| DERECHOS LABORALES | ||||||||||
| VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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| AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
| ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
| JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
| SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
| DESPIDO | ||||||||||
| PREAVISO |
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| INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
| DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
| Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. | ||||||||||
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Tengo una empleada que cuida los niños entre tres y cuatro horas diarias, desde hace un año y medio. Estaba embarazada y a los 6 meses pierde su bebe. Que licencias les corresponde y que sueldos le corresponde cobrar?
Gracias
Hola Lilian:
Salario familiar no correpsonde el pago al personal de servicio domestico.
Para blanquearla necesitas el CUIL de ella y tuyo o de tu esposo, fijate quien te convienne qu esea el empleador ya que los aportes y sueldos los podes descontar de ganancias.
Los aportes y recibos d esueldos los bajas de la pagina de la AFIP, http://www.afip.gov.ar Formulario 102 y tenes que pagar $ 35.- contribución empleador para la jubilación y de aporte obra social $37.-.
en el sitio hay información de como se paga, cualquier cosa preguntame nuevamente.
muchas gracias
hace dos meses tengo una niñera en casa, cobra 500 pesos y trabaja cuatro horas de lunes a viernes, aparte le pago 100 mas para el transporte de ella. quiere saber si puede cobrar salario familiar.a mi me interesa blanquearla por que es de confiaza, y quiero que se quede que tengo que hacer, cuanto es lo que me implica en aportes,cuales son sus beneficios?
Hola carina:
Lo que pasa que ellos no te echan sos vos la que te vas, pero como tuviste un accidente de trabajo, planteale a tu empleador y trata de llegar algún arreglo. Por enfermedad te corresponden 30 días en el años despues te tienen que pagar las vacaciones y el aguinaldo.
suerte y gracias
quisiera saber:hace 5 años que trabajo como ñiñera y ahora estoy embarazada de 5 meses tengo placenta baja y me cai de las escalera cuando salia de mi trabajo y entonces tube que dejar de trabajar.
me corresponde indemnizacion y cuanto.
muchas gracias!!!!!