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AFIP: Vencimientos especiales para damnificados por inundaciones en Salta

Mediante la Resolución General N° 3795, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha establecido un plazo de vencimientos especiales para damnificados por inundaciones en Salta. El mismo es para los contribuyentes que desarrollen actividades agropecuarias en dicha provincia. Las obligaciones vencidas entre este mes y noviembre vencerán entre noviembre y febrero, respectivamente. AFIP dispuso un nuevo plazo de vencimientos para los trabajadores autónomos y monotributistas que desarrollen actividades agropecuarias en la Provincia de Salta y que han sido afectadas por las inundaciones. Mediante el mismo, las presentaciones y pagos que vencen durante agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2015 se considerarán efectuadas en tiempo y forma si se efectúan hasta las fechas de vencimiento vigentes para noviembre y diciembre […]

Mediante la Resolución General N° 3795, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha establecido un plazo de vencimientos especiales para damnificados por inundaciones en Salta. El mismo es para los contribuyentes que desarrollen actividades agropecuarias en dicha provincia. Las obligaciones vencidas entre este mes y noviembre vencerán entre noviembre y febrero, respectivamente.

AFIP dispuso un nuevo plazo de vencimientos para los trabajadores autónomos y monotributistas que desarrollen actividades agropecuarias en la Provincia de Salta y que han sido afectadas por las inundaciones. Mediante el mismo, las presentaciones y pagos que vencen durante agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2015 se considerarán efectuadas en tiempo y forma si se efectúan hasta las fechas de vencimiento vigentes para noviembre y diciembre de 2015, y enero y febrero de 2016, respectivamente.

Para que se haga efectivo este plazo especial, los contribuyentes deben presentar un Formulario Multinota en la dependencia de AFIP que se encuentren inscriptos.

En caso de estar inscripto en el débito automático en una cuenta bancaria o tarjeta de crédito, es necesario solicitar la suspensión de dicho servicio.

Además, para estos contribuyentes, el organismo recaudador estableció la suspensión por 120 días la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación o pago, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de deudas reclamadas.

Por otro lado, con la Resolución General N° 3794, AFIP dispuso de un plazo especial de vencimientos para los damnificados por las inundaciones de las Provincias de Buenos Aires y Santa Fe. En dichos casos, las obligaciones vencidas entre agosto y diciembre de 2015 vencerán entre enero y mayo de 2016.

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