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AFIP, comienza la implementación del Código de Transferencia de Inmuebles, COTI

Cuaderno con logo de la AFIP
Escrito por Graciela Sabio | 28 de febrero de 2008

Recordamos que a partir del 1ro de marzo de 2008 comienza a operar el “Código de Transferencia de Inmuebles, COTI, si bien el trámite lo deben realizar los titulares que deseen vender un inmuebles de más de $ 300.000.- las inmobiliarias deberán trabajar para la AFIP.

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La AFIP pone en vigencia la resolución Nº 2371/07, la cual  obliga a los titulares a sacar el “Código de Transferencia de Inmuebles” COTI, de los inmuebles valuados por encima de $ 300.000.- para poder ponerlo a la venta. Las inmobiliarias que tengan para la venta inmuebles valuados por esa cifra deberán estar empadronadas y además aceptar la designación por parte del titular, luego que este le traiga el “COTI” si no lo hacen corren el riesgo de ser multados. 

El mes de marzo la AFIP lo tomara como un perdió de adaptación y no habrá fiscalizaciones, es el plazo que tienen las inmobiliarias para hablar con sus clientes y solicitarles el COTI de las propiedades que tengan a la venta.

Sobre el autor

Graciela Sabio

Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.