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AFIP: Cancelar obligaciones con Mis Retenciones

El día de la fecha, mediante la publicación de la Resolución General 3.816 en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha implementado un nuevo procedimiento mediante «Mis Retenciones» que permitirá a los contribuyentes computar las retenciones y/o percepciones que se le han aplicado a la cancelación, ya sea total o parcial, de una determinada obligación y período. Para acceder al servicio será necesario utilizar el sitio www.afip.gob.ar. La herramienta Mis Retenciones de AFIP permitirá a los contribuyentes: Utilizar las retenciones y/o percepciones que se encuentren registradas en la base de AFIP para cancelar una obligación determinada, ya sea de forma total o parcial. Dicho cómputo se perfeccionará con la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) del […]

El día de la fecha, mediante la publicación de la Resolución General 3.816 en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha implementado un nuevo procedimiento mediante «Mis Retenciones» que permitirá a los contribuyentes computar las retenciones y/o percepciones que se le han aplicado a la cancelación, ya sea total o parcial, de una determinada obligación y período. Para acceder al servicio será necesario utilizar el sitio www.afip.gob.ar.

La herramienta Mis Retenciones de AFIP permitirá a los contribuyentes:

  • Utilizar las retenciones y/o percepciones que se encuentren registradas en la base de AFIP para cancelar una obligación determinada, ya sea de forma total o parcial. Dicho cómputo se perfeccionará con la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) del tributo.
  • Cargar los certificados de las retenciones y/o percepciones que se le hayan aplicado y que no figuren en el sistema.

Una vez efectuada cualquier operación, el organismo de control confirmará y registrará la misma siempre y cuando se haya efectuado conforme a las normas vigentes.

El Fisco adelantó que próximamente se podrá consultar un manual con los pasos que se tendrán que seguir para realizar este trámite. El mismo estará disponible en si sitio oficial (www.afip.gob.ar).

Los contribuyentes alcanzados por la RG N° 3711 se encuentran obligados a utilizar el servicio de Mis Retenciones para hacer el cómputo de las retenciones y/o percepciones sufridas correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA) a partir del período fiscal mayo de 2016. Además, el texto indica que todos los responsables de dicho tributo podrán utilizar, a modo de prueba, esta herramienta desde el 1ero de enero de 2016.

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1 comentario en “AFIP: Cancelar obligaciones con Mis Retenciones”

  1. quisiera saber por qué todos los meses me cambia el importe a las retenciones, si mi salario no se modifica. Hago el reclamo y vuelve a la suma del mes que tuve el ultimo aumento, pero nunca me devuelven lo que me retienen de más. Ej: en julio el importe de retención fue de 1.700 pesos, en oct..2.700. Reclamé y en noviembre volvió a 1.700. Esos mil pesos que me descontaron de más, no me los devolvieron. En diciembre fue otra vez de 2.700, cada vez que hago el reclamo vuelve a 1.700. Cómo hago para que me reitegren eso que me descuentan de más y nunca me devuelven.Gracias Valentina

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