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AFIP: Exención del pago de retención del 35% al dólar tarjeta

Ayer, el Presidente Mauricio Macri puso un punto final a las autorizaciones y retenciones para aquellas personas que compran moneda extranjera. Esto generó un gran dilema en aquellas personas que ya habían efectuado compras en el exterior y que deberán pagar al tipo de cambio de fin de mes. Finalmente, la Administración Federal de los Ingresos Públicos (AFIP) efectuó una exención del pago de retención del 35% al dólar tarjeta. El día de ayer el titular de AFIP, Alberto Abad, aseguró que las personas que efectuaron compras con tarjetas de crédito en dólares hasta el 17 de diciembre de 2015 debían pagar, al momento de vencimiento de su resumen, el nuevo tipo de cambio más el 35% de la retención […]

Ayer, el Presidente Mauricio Macri puso un punto final a las autorizaciones y retenciones para aquellas personas que compran moneda extranjera. Esto generó un gran dilema en aquellas personas que ya habían efectuado compras en el exterior y que deberán pagar al tipo de cambio de fin de mes. Finalmente, la Administración Federal de los Ingresos Públicos (AFIP) efectuó una exención del pago de retención del 35% al dólar tarjeta.

El día de ayer el titular de AFIP, Alberto Abad, aseguró que las personas que efectuaron compras con tarjetas de crédito en dólares hasta el 17 de diciembre de 2015 debían pagar, al momento de vencimiento de su resumen, el nuevo tipo de cambio más el 35% de la retención que había impuesto el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Obviamente, este tema generó una gran preocupación en estas personas, quienes tendrían que pagar un dólar tarjeta que rondaría los 20 pesos.

Debido a las consultas que enviaron los contribuyentes, el organismo recaudador decidió redactar la Resolución General N° 3822, que modifica la RG 3819 que fue publicada ayer en el Boletín Oficial, para eximir de dicha retención a estas compras.

De esta forma, no se tendrá que pagar la retención del dólar tarjeta para las compras que ya han sido hechas pero aún no fueron liquidadas.

Obviamente, el organismo también aclaró que, si bien no se tendrá que realizar este pago, aquellas personas que realizaron pagos de dólar tarjeta en meses anterior podrán seguir utilizando la retención aplicada como un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Además, en caso de corresponder, los contribuyentes tendrán la oportunidad de solicitar una devolución de las percepciones que ya se le hayan aplicado.

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