Billete de un dólar escondido

AFIP: ¿Dónde se devuelve la percepción por compra de dólar ahorro y turista?

El día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) empezará a devolver la percepción por compra de dólar ahorro y turista que se ha aplicado antes del año 2014 y no pagan Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales. Para solicitar dicha devolución es necesario presentar el Formulario F746/A mediante www.afip.gob.ar, lo cual requiere la utilización de una Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3. Hasta el levantamiento del cepo, las personas que deseaban comprar dólar ahorro debían pagar una percepción del 20% y para adquirir dólar turista o efectuar compras con tarjetas de crédito y/o de débito fuera del territorio argentino tenían que pagar una retención del 35%. Sin embargo, AFIP anunció que dentro […]

El día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) empezará a devolver la percepción por compra de dólar ahorro y turista que se ha aplicado antes del año 2014 y no pagan Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales. Para solicitar dicha devolución es necesario presentar el Formulario F746/A mediante www.afip.gob.ar, lo cual requiere la utilización de una Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3.

Hasta el levantamiento del cepo, las personas que deseaban comprar dólar ahorro debían pagar una percepción del 20% y para adquirir dólar turista o efectuar compras con tarjetas de crédito y/o de débito fuera del territorio argentino tenían que pagar una retención del 35%. Sin embargo, AFIP anunció que dentro de los 30 días siguientes se realizará la devolución de dichos montos a las personas que no tributan Ganancias ni Bienes Personales y han presentado una solicitud siguiendo los pasos detallados AQUÍ.

Al momento de presentar la solicitud de devolución, el contribuyente debe indicar el número de CBU de la cuenta bancaria en la cual desea que se realice el depósito de los importes reclamados. Esto es porque el dinero no se devuelve en efectivo sino que se realiza por medio de una transferencia.

En caso de registrar alguna deuda con AFIP, lo cual puede ser por la falta de pago de cuotas en el Monotributo u otra obligación, es obligatorio cancelar la misma previamente.

Según indicó iProfesional, la devolución se hará en una sola cuota para los reclamos de montos bajos y en dos o tres cuotas para las cifras más altas.

Por el momento sólo se realizará una devolución a aquellas personas que no registran deudas en los años 2012, 2013 y 2014. Los que deseen reclamar retenciones aplicadas en 2015 deberán esperar a presentar su solicitud a abril, mes en el cual vence el plazo general para presentar la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales.

Un dato a tener en cuenta es que el organismo recaudador estima que cerca de cien mil personas reclamarán una devolución de percepciones por compra de dólar, la cual será en promedio de 10.000 pesos. Esto representará un esfuerzo fiscal de 1.500 millones de pesos.

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