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Ingresos Brutos: obligación de utilizar el aplicativo SIFERE Web

A través de la Resolución General 5/2016, la Comisión Arbitral del Convenio Mutilateral (Comarb) establece la obligatoriedad del Módulo de DDJJ «Generación de Declaraciones Juradas Mensuales -CM03 y CM04- y Anuales -CM05- del Sistema SIFERE Web para los contribuyentes del Sistema SICOM y las personas con actividad en la Provincia de Córdoba. Con la RG 5/2016, la COMARB dictaminó la obligatoriedad del módulo «Generación de Declaraciones Juradas Mensuales y Anuales del Sistema SIFERE web. La misma abarca a las declaraciones juradas presentadas: Desde el primero de mayo de 2016: contribuyentes que estén incorporados al Sistema SICOM. Puede consultar aquí el Padrón de Contribuyentes incorporados al SIFERE. Los contribuyentes que tengan actividad en la provincia de Córdoba en el sistema Padrón […]

A través de la Resolución General 5/2016, la Comisión Arbitral del Convenio Mutilateral (Comarb) establece la obligatoriedad del Módulo de DDJJ «Generación de Declaraciones Juradas Mensuales -CM03 y CM04- y Anuales -CM05- del Sistema SIFERE Web para los contribuyentes del Sistema SICOM y las personas con actividad en la Provincia de Córdoba.

Con la RG 5/2016, la COMARB dictaminó la obligatoriedad del módulo «Generación de Declaraciones Juradas Mensuales y Anuales del Sistema SIFERE web.

La misma abarca a las declaraciones juradas presentadas:

  • Desde el primero de mayo de 2016: contribuyentes que estén incorporados al Sistema SICOM. Puede consultar aquí el Padrón de Contribuyentes incorporados al SIFERE.
  • Los contribuyentes que tengan actividad en la provincia de Córdoba en el sistema Padrón Web, ya sea que tengan sede o no en la misma.

En esta oportunidad quedan excluidos los contribuyentes que realicen sus presentaciones a través de los formularios CM04.

RESOLUCIÓN GENERAL C.A. Nº 5/2016

VISTO: La Resolución General (C.A.) N° 11/2014 que aprobó el Módulo DDJJ «Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB»; y, CONSIDERANDO: Que a través de la citada resolución, se aprobó una nueva versión del aplicativo SIFERE en un entorno web (SIFERE WEB), para la presentación y pago de
declaraciones juradas mensuales (CM03 y CM04) y presentación de la declaración jurada anual (CM05), como así también para la confección de volantes de pago para la liquidación de intereses, recargos, multas y planes de regularización.

Que en dicha resolución se dispuso la implementación gradual del uso del
sistema SIFERE WEB siendo conveniente ahora en virtud de la experiencia recogida, ampliar el número de contribuyentes que deben utilizar el sistema.

Que para continuar con la mecánica impuesta en la Resolución General (C.A.) N° 11/2014, se posterga para una etapa posterior la incorporación de contribuyentes que declaran a través del formulario CM04.

Por ello:

LA COMISION ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18-08-77) RESUELVE:

  • ARTICULO 1°- Establecer para aquellos contribuyentes que estén incorporados al Sistema SICOM, el uso obligatorio del Módulo DDJJ «Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB» – aprobado por Resolución General N° 11/2014 de esta Comisión Arbitral- a partir de las declaraciones juradas que presenten desde el día 1° de Mayo de 2016.
  • ARTICULO 2°- Establecer para aquellos contribuyentes que tengan declarada actividad en la provincia de Córdoba en el sistema Padrón Web, con sede o no en la misma, siempre que no se encuentren comprendidos en lo previsto en el artículo 1º, el uso obligatorio del Módulo DDJJ «Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB» -aprobado por Resolución General N° 11/2014 de esta Comisión Arbitral- a partir de las declaraciones juradas que presenten a partir del día 1° de Junio de 2016.  COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
  • ARTICULO 3°- Quedan excluidos de la incorporación citada en los artículos precedentes aquellos contribuyentes que realicen sus presentaciones a través de los formularios CM04.
  • ARTICULO 4°- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.

MARIO A SALINARDI (SECRETARIO) ROBERTO JOSÉ ARIAS (PRESIDENTE).

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