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ANSeS, subsidio por fallecimiento

El ANSeS otorga un subsidio de $ 1.000.- por fallecimiento de un jubilado, pensionado o persona a cargo, quienes lo cobran y donde realizar el trámite correspondiente: Fallecimiento de un jubilado o pensionado que no tenga ningún derecho habiente: Cobra el subsidio la persona que se hizo cargo de pagar los gastos de sepelio, el trámite lo debe realizar la persona ante las oficinas de Correo Argentino, llevando Documento nacional de identidad, certificado de defunción y factura de los gastos.     2.   Fallecimiento de un jubilado o pensionado que tenga una persona que cobrar la pensión: Cuando realiza el trámite para cobrar la pensión correspondiente debe solicitarlo en las oficinas de ANSeS, y lo va a cobrar en su primer […]

El ANSeS otorga un subsidio de $ 1.000.- por fallecimiento de un jubilado, pensionado o persona a cargo, quienes lo cobran y donde realizar el trámite correspondiente:

  1. Fallecimiento de un jubilado o pensionado que no tenga ningún derecho habiente:

Cobra el subsidio la persona que se hizo cargo de pagar los gastos de sepelio, el trámite lo debe realizar la persona ante las oficinas de Correo Argentino, llevando Documento nacional de identidad, certificado de defunción y factura de los gastos.

    2.   Fallecimiento de un jubilado o pensionado que tenga una persona que cobrar la pensión:

Cuando realiza el trámite para cobrar la pensión correspondiente debe solicitarlo en las oficinas de ANSeS, y lo va a cobrar en su primer recibo de haberes.

    3.  Fallecimiento de una persona a cargo del jubilado o pensionado:

El jubilado o pensionado debe realizar el tramite en las oficinas de PAM I

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1.120 comentarios en “ANSeS, subsidio por fallecimiento”

  1. quisiera saber cuando y donde reclamar el subsidio por fallecimiento de mi sobrina, presente los papeles en el correo el día 2 de setiembre, como sigo este trámite? gracias

  2. Atilio:

    En la pagina del anses indica lo siguiente.
    Si no entiendo mal el plazo es 1 año.

    Subsidio de Contención Familiar

    El Decreto Nº 599/2006 en los incisos a), b), c) y d) del artículo 1º instituye un Subsidio de Contención Familiar ante el fallecimiento de beneficiarios residentes en el país o en el exterior, del Régimen Nacional de Previsión, Cajas Provinciales de Previsión transferidas al ámbito nacional (excepto del Régimen de Policía y Penitenciaría) Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, cuyo fallecimiento ocurra a partir del 1º de mayo de 2006.

    El monto del subsidio consiste en una suma fija de $ 1.000,00.
    El derecho al cobro prescribe al año de ocurrido el fallecimiento del beneficiario.

  3. Hola!!
    Quisiera saber si hay un tiempo máximo parar reclamar una pensión para mi madre? porque mi padre falleció hace como 11 años,desde los 18 años hizo aportes pero no llegó a jubilarse porque no llegó a la edad requerida.
    Por favor contestar a mi mail.
    Gracias

  4. yo cobre el subsidio el 1/08/09 y me dieron para cobrar otro dinero para el 14/09 y cuando fui al banco me dijeron que no habia ninguna plata que hablara con anses puede ser eso?? o tengo que viajar??

  5. me podrian informar lo siguiente mi mama fallecio el 9 de junio de 2009 que me corresponde cobrar ?
    Por que en el anses me dijeron que son los 9 dias de vida del mes de junio (el mes de junio yo no fui a cobrar) y que no me corresponde aguinaldo. Es asi? estoy de cauerdo con los 9 dias pero el aguinaldo me parece que tendria que ser un proporcional de los 9 dias y 5 meses.

Los comentarios están cerrados.