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Solicitar Devolución del IVA de exportadores en oficinas de AFIP

El viernes 20 de mayo de 2016, mediante la publicación de la Resolución General N° 3880, la Administración Federal de Ingresos Públicos ha modificado el trámite que tienen que hacer los contribuyentes que realizan operaciones de exportación para solicitar el reintegro del Impuesto al Valor Agregado. De ahora en más es posible solicitar la devolución del IVA de exportadores en oficinas de AFIP. La RG 3880 establece que la solicitud de la devolución de la devolución del IVA ya no debe ser presentada en la denominada Agencia de Exportadores. La misma tiene que ser efectuada por los operadores de comercio exterior por dichas actividades en la dependencia que tenga a su cargo el control de las obligaciones tributarias. Por lo […]

El viernes 20 de mayo de 2016, mediante la publicación de la Resolución General N° 3880, la Administración Federal de Ingresos Públicos ha modificado el trámite que tienen que hacer los contribuyentes que realizan operaciones de exportación para solicitar el reintegro del Impuesto al Valor Agregado. De ahora en más es posible solicitar la devolución del IVA de exportadores en oficinas de AFIP.

La RG 3880 establece que la solicitud de la devolución de la devolución del IVA ya no debe ser presentada en la denominada Agencia de Exportadores. La misma tiene que ser efectuada por los operadores de comercio exterior por dichas actividades en la dependencia que tenga a su cargo el control de las obligaciones tributarias.

Por lo cual, la solicitud del reintegro del Impuesto al Valor Agregado se tiene que efectuar en la oficina de AFIP que corresponda a la jurisdicción del domicilio fiscal del contribuyente.

Por otro lado, mediante la Resolución General 3881, el organismo recaudador realizó un aumento de la cuota mínima para el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para las personas físicas y sucesiones indivisas de 100 a 1000 pesos. Además se elevó el importe de la cuota mínima de Ganancias, el Fondo para Educación y Promoción Cooperativa y la Ganancia Mínima Presunta de 45 a 500 pesos.

Estas medidas que está tomando el Gobierno Nacional son para actualizar montos que, en algunos casos, no se tocaban desde el año 1999. Por lo cual, estas normativas beneficiarán a una gran cantidad de contribuyentes.

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