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AFIP: Vencimiento de cuota del Servicio Doméstico en septiembre de 2016

El lunes 12, conforme al cronograma de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), inicia el vencimiento de la cuota del Servicio Doméstico en septiembre de 2016. Esta obligación debe ser cumplida por los empleadores de trabajadores de Casas Particulares utilizando el Formulario 102/RT que está disponible en la página oficial del organismo dirigido pro Alberto Abad (www.afip.gov.ar). Los empleadores del servicio doméstico están obligados a efectuar la registración de su personal, lo cual se debe efectuar siguiendo los pasos indicados AQUÍ. Esto permite a los empleados tener aportes jubilatorios y cobertura médica de una Obra Social. Además, ellos tienen la oportunidad de solicitar la habilitación de la Tarifa Social Federal en su Tarjeta SUBE para viajar en transporte público. Para […]

El lunes 12, conforme al cronograma de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), inicia el vencimiento de la cuota del Servicio Doméstico en septiembre de 2016. Esta obligación debe ser cumplida por los empleadores de trabajadores de Casas Particulares utilizando el Formulario 102/RT que está disponible en la página oficial del organismo dirigido pro Alberto Abad (www.afip.gov.ar).

Los empleadores del servicio doméstico están obligados a efectuar la registración de su personal, lo cual se debe efectuar siguiendo los pasos indicados AQUÍ. Esto permite a los empleados tener aportes jubilatorios y cobertura médica de una Obra Social. Además, ellos tienen la oportunidad de solicitar la habilitación de la Tarifa Social Federal en su Tarjeta SUBE para viajar en transporte público.

Para cumplir con el pago de la cuota del Servicio Doméstico, el contribuyente tiene que usar el F.102/RT, el cual se puede descargar ingresando ACÁ.

El importe a ingresar por el empleador depende de la cantidad de horas que trabaje su trabajador doméstico a la semana de acuerdo al siguiente cuadro:

Horas trabajadas por semana Importe Aportes Contribuciones Cuota de ART
Trabajador mayor de 18 años
Menos de 12 $ 176 $ 34 $ 12 $ 130
De 12 a 16 $ 252 $ 63 $ 24 $ 165
16 ó más $ 684 $ 419 $ 35 $ 230
Trabajador menor de 18 pero mayor a 16
Menos de 12 $ 164 $ 34 $ 130
De 12 a 16 $ 228 $ 63 $ 165
16 ó más $ 649 $ 419 $ 230
Empleado jubilado
Menos de 12 $ 142 $ 12 $ 130
De 12 a 16 $ 189 $ 24 $ 165
16 ó más $ 265 $ 35 $ 230

En caso de que el empelado preste servicios por menos de 16 horas a la semana y quiera contar con los beneficios deberá hacer un pago voluntario, cuyo vencimiento es el jueves 15 de septiembre de 2016. Para hacerlo debe utilizar el Formulario 575/RT que se encuentra en ESTE enlace.

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