Mujer con carpeta de EconoBlog

Si aún no va a la escuela, ¿debo presentar la Libreta de Asignación Universal por Hijo?

Este mes, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilitó la presentación del Formulario PS 1.47. Recibimos varias consultas de usuarios que desean saber si deben presentar la Libreta de Asignación Universal por Hijo (AUH) si aún no asista a la escuela. Por lo cual decidimos publicar este artículo para aclarar que sí se tiene que cumplir con dicho requisito. Entre el 1° y último día hábil de cada año, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo están obligados a presentar el Formulario libreta en ANSeS. De este modo se demuestra que se ha cumplido con los controles médicos, el régimen de vacunación nacional y la asistencia a clases. Una vez cumplida dicha presentación, el organismo a cargo de Emilio […]

Este mes, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilitó la presentación del Formulario PS 1.47. Recibimos varias consultas de usuarios que desean saber si deben presentar la Libreta de Asignación Universal por Hijo (AUH) si aún no asista a la escuela. Por lo cual decidimos publicar este artículo para aclarar que sí se tiene que cumplir con dicho requisito.

Entre el 1° y último día hábil de cada año, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo están obligados a presentar el Formulario libreta en ANSeS. De este modo se demuestra que se ha cumplido con los controles médicos, el régimen de vacunación nacional y la asistencia a clases.

Una vez cumplida dicha presentación, el organismo a cargo de Emilio Basavilbaso procede a liquidar el 20% que se la retenido mensualmente a lo largo del año anterior. Dicho pago se realiza dentro de los 2 y 6 meses de cumplida la presentación y el titular tiene la oportunidad de ingresar un reclamo en ANSES a partir de los 90 días.

La gran duda que tienen muchas personas es si deben o no presentar la Libreta de la Asignación Universal pro Hijo si el niño aún no asiste a la escuela. La respuesta a la misma es que sí, todos los beneficiarios de la AUH tienen que cumplir con dicho requisito o se les suspende el pago de la prestación, pierden el derecho a reclamar lo retenido y, una vez cumplido con el requisito, no pueden solicitar un pago retroactivo por los meses no cobrados.

En el caso de que el menor aún no asista a clases no se tiene que completar el campo de escolaridad, sólo el de salud.

Recordemos que es necesario sacar un turno en ANSES para presentar la Libreta de la Asignación Universal por Hijo. Dicha solicitud se puede hacer por teléfono al 130 y desde la página oficial del organismo previsional.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *