Niños de la AUH felices frente a oficina de Anses

Me suspendieron la Asignación Universal por Hijo, ¿cobro meses no pagados tras presentar Libreta?

Una recurrente pregunta que nos realizan nuestros usuarios es si, tras la suspensión de la Asignación Universal por Hijo (AUH), cobran los meses no pagados después de presentar la Libreta de Salud y Educación. Por lo cual decidimos publicar este artículo para aclarar que no. Una vez cumplido con dicho requisito, ANSeS vuelve a habilitar la prestación pero no efectúa un pago retroactivo. La presentación del Formulario Libreta de la Asignación Universal por Hijo debe hacerse antes del último día hábil del año para demostrar que el menor de edad ha cumplido con la asistencia a clases, el régimen de vacunación nacional y los controles de salud obligatorios. Dicho documento debe ser completado por la escuela y el hospital o […]

Una recurrente pregunta que nos realizan nuestros usuarios es si, tras la suspensión de la Asignación Universal por Hijo (AUH), cobran los meses no pagados después de presentar la Libreta de Salud y Educación. Por lo cual decidimos publicar este artículo para aclarar que no. Una vez cumplido con dicho requisito, ANSeS vuelve a habilitar la prestación pero no efectúa un pago retroactivo.

La presentación del Formulario Libreta de la Asignación Universal por Hijo debe hacerse antes del último día hábil del año para demostrar que el menor de edad ha cumplido con la asistencia a clases, el régimen de vacunación nacional y los controles de salud obligatorios. Dicho documento debe ser completado por la escuela y el hospital o entro de salud.

Este año, ANSES ha decidido otorgar una prórroga a la presentación de la Libreta de la AUH de 2015. Con lo cual, los titulares del beneficio, que aún no lo han hecho, tienen tiempo de presentarla hasta el 30 de abril de 2017.

En caso de no cumplir, ANSES procede a suspender el pago de la Asignación Universal por Hijo hasta que se presente. Una vez que se presenta la Libreta o el Formulario PS 1.47, el organismo previsional vuelve a habilitar el pago.

La gran duda de muchas personas es si tienen derecho a pedir un pago retroactivo por los meses no cobrados. Obviamente, dado que no cumplieron con uno de los requisitos y sin importar el motivo, el beneficiario no cobrará dicho período.

Además de no percibir los meses no cobrados, el titular de la AUH no podrá cobrar el dinero que le fue retenido previamente.

Recordemos que para presentar la Libreta o el F. PS 147 es obligatorio sacar un turno en ANSES. Dicha solicitud se puede realizar por teléfono llamando al número 130 o por Internet desde la página del organismo.

Además es posible hacer a presentación sin turno en las Unidades Móviles de la Administración Nacional de la Seguridad Social que recorren el país o en las oficinas del Programa El Estado en tu Barrio.

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