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Indemnización a amas de casa por servicio doméstico

«¿Quién dijo que las amas de casa no trabajan?» preguntó la doctora Laura Kalerguiz, especialista en derecho provisional de Telefe Noticias al referirse a un caso ejemplar en Cantabria, España, en el cual una mujer demandó a su ex marido tras el divorcio, alegando que gracias a que ella se dedicó al mantenimiento del hogar, él pudo prescindir del personal doméstico. La justicia ordenó que a modo de indemnización le debe abonar 23.628 euros. La pareja de la comunidad de Cantabria se había casado en régimen de separación de bienes, y se separó legalmente. Sin embargo, en enero de 2007 comenzaron a convivir de nuevo. La relación continuó hasta mayo de 2013 y se dictó sentencia de divorcio. Con la […]

«¿Quién dijo que las amas de casa no trabajan?» preguntó la doctora Laura Kalerguiz, especialista en derecho provisional de Telefe Noticias al referirse a un caso ejemplar en Cantabria, España, en el cual una mujer demandó a su ex marido tras el divorcio, alegando que gracias a que ella se dedicó al mantenimiento del hogar, él pudo prescindir del personal doméstico. La justicia ordenó que a modo de indemnización le debe abonar 23.628 euros.

La pareja de la comunidad de Cantabria se había casado en régimen de separación de bienes, y se separó legalmente. Sin embargo, en enero de 2007 comenzaron a convivir de nuevo. La relación continuó hasta mayo de 2013 y se dictó sentencia de divorcio.

Con la reconciliación de la pareja, la mujer dejó su empleo para dedicarse pura y exclusivamente a las tareas del hogar. La asamblea explica que gracias a esto, el marido pudo prescindir del servicios doméstico remunerado, el cuál había tenido que contratar mientras estuvieron separados.

La sentencia a favor de la ama de casa señala que el cónyuge se dedicó a trabajar fuera del hogar y aumento su patrimonio personal, mientras que ella dedicó su tiempo y esfuerzo a la atención familiar, por lo que su posición económica no se vio beneficiada al final del régimen de separación de bienes.

La indemnización de 23.628 euros sería para compensar el tiempo dedicado al trabajo del hogar por parte de la mujer. La audiencia de Cantabria explica que en los supuestos de reconciliación de los cónyuges separados judicialmente, subsiste la separación de bienes y el régimen no exime a ninguno de los cónyuges del deber de contribuir al levantamiento de las cargas familiares.

Recordemos que el trabajo para la casa es considerado como una forma de aportación a los gastos comunes, y el magistrado afirma que es una forma de aportación a los gastos comunes.

Para llegar a la suma de 23.628 euros se tuvo en cuenta el período de convivencia de seis años y el salario mínimo interprofesional reducido en un 50%, dado que es trabajo aportado era también para satisfacer sus propias necesidades.

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