
A partir del año 2010 las personas que deseen acceder al régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente, deberá cumplir con las siguientes condiciones:
- Persona física mayor de 18 años de edad.
 - Deberá desarrollar exclusivamente una actividad independiente y no poseer local o establecimiento estable.
 - Dicha actividad independiente deberá ser su única fuente de ingresos.
 - No pudiendo revestir el carácter de empleador.
 - Ser contribuyente NO alcanzado por el Impuesto sobre los Bienes Personales.
 - De ninguna manera, superar en conceptos de ingresos brutos percibidos durante el año a los $24.000.-
 
LA AFIP deja sin efecto al llamado Monotributo Eventual.
Infobae Profesional
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
 - Nuestro TikTok: @EconoBlog.
 


hasta cuando hay tiempo para reempadronarse