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Suspendido el uso de las Reservas para Pagar la Deuda Externa

La Justicia Federal suspendió el uso de las reservas para pagar la deuda externa, la Jueza María José Sarmiento hizo lugar al pedido de la oposición presentado por la creación del Fondo del Bicentenario. Por lo que dio la orden de suspender la medida hasta que el Congreso Nacional logre reunirse pero no se expidió sobre la constitucionalidad del decreto. La sentencia será apelada por el Gobierno de la Nación Argentina. Hoy por la mañana la magistrada federal en lo contencioso administrativo, dictaminó que las reservas del Banco Central no se pueden utilizar para pagar deuda externa, tal como fue reclamado, mediante acciones de amparo, por los diputados del PRO, la Unión Cívica Radical, UCR,  y la Coalición Cívica. La […]

La Justicia Federal suspendió el uso de las reservas para pagar la deuda externa, la Jueza María José Sarmiento hizo lugar al pedido de la oposición presentado por la creación del Fondo del Bicentenario. Por lo que dio la orden de suspender la medida hasta que el Congreso Nacional logre reunirse pero no se expidió sobre la constitucionalidad del decreto. La sentencia será apelada por el Gobierno de la Nación Argentina.

Hoy por la mañana la magistrada federal en lo contencioso administrativo, dictaminó que las reservas del Banco Central no se pueden utilizar para pagar deuda externa, tal como fue reclamado, mediante acciones de amparo, por los diputados del PRO, la Unión Cívica Radical, UCR,  y la Coalición Cívica.

La Presidenta Cristina de Kirchner mediante el Decreto 2010/2009 dispuso que se utilizasen las reservas del Banco Central de la República Argentina para el pago de dudas, ahora la magistrada dictó una medida cautelar suspendiendo dicho decreto.

De acuerdo a la sentencia, el Ejecutivo Nacional no podrá utilizar las reservas de la entidad monetaria para pagar deudas. La magistrada ordenó la suspensión de la aplicación del Fondo del Bicentenario hasta tanto el Congreso logre reunirse.

Indicando, además que no existe necesidad ni urgencia porque el mismo decreto dice que se toman estas medidas para evitar problemas a mediano y largo plazo -que son contrarios a urgencia-.

Con respecto a la competencia de los jueces para entender en esta clase de temas, consideró que sí son competentes porque la misma Constitución le impide a la Presidenta dictar normas de alcance legislativo salvo necesidad y urgencia –y si lo hace son nulas de nulidad absoluta – y el que dictamina las nulidades es el Poder Judicial.

El Gobierno Nacional, ahora, podrá apelar la sentencia ante la Cámara del fuero.

A fines del mes de diciembre al poco tiempo del anuncio de la Presidenta, de la creación del Fondo del Bicentenario, destinado al pago de la deuda monetaria internacional, el PRO y la Coalición Cívica presentaron ante la Justicia un amparo planteando la nulidad de la medida del Gobierno.

Cosa que reiteraron, luego del conflicto que terminó con la remoción del titular del Banco Central, Martín Redrado, la UCR también presentó una medida cautelar en Tribunales.

Con esta sentencia, las repercusiones continúan y algunos opinan que de resultar nulo el Decreto con la creación del Fondo del Bicentenario, puede ser nulo el decreto que dispone la cesantía de Martín Redrado porque se basa en una irregularidad.

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