La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, como ya hemos anunciado anteriormente, dio a conocer mediante una Resolución General Nº 2.736, la forma y el plazo que las empresas, cuyos vencimientos de ejercicio sea posterior al 30 de diciembre de 2009, el cronograma que deberán respetar para ingresar los anticipos adeudados en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. Fijando un esquema escalonado de pagos a cuenta antes de mayo de 2010.-
La normativa establece que aquellas empresas que hayan cerrado balance a partir del día 31 de diciembre de 2009, deberán calcular los anticipos que adeudan, según el siguiente cronograma:
Cierre del Vencimiento | Mes del Vencimiento del Anticipo | ||||
Enero 2010 | Febrero 2010 | Marzo 2010 | Abril 2010 | Mayo 2010 | |
31 de Diciembre de 2009 | 1 – 2 y 3 | 4 – 5 y 6 | 7 – 8 y 9 | 10 y 11 | DDJJ |
Enero 2010 | 1 – 2 y 3 | 4 – 5 y 6 | 7 y 8 | 9 y 10 | 11 |
Febrero 2010 | 1 – 2 y 3 | 4 – 5 y 6 | 7 y 8 | 9 | 10 |
Marzo 2010 | 1 – 2 y 3 | 4 – 5 y 6 | 7 | 8 | 9 |
Abril 2010 | 1 – 2 y 3 | 4 y 5 | 6 | 7 | 8 |
Mayo 2010 | 1 y 2 | 3 y 4 | 5 | 6 | 7 |
Junio 2010 | 1 y 2 | 3 | 4 | 5 | 6 |
Contemplando un cronograma especial para las personas físicas que a su vez son consideradas por la AFIP en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, IGMP, respecto de su actividad vinculada con los inmuebles rurales:
Cierre del Vencimiento | Mes del Vencimiento del Anticipo | ||||
Enero 2010 | Febrero 2010 | Marzo 2010 | Abril 2010 | Mayo 2010 | |
31 de Diciembre de 2009 | 1 – 2 y 3 | 4 y 5 | DDJJ |
Como vemos, en el cronograma de ingresos de los anticipos en el IGMP, Empresas que cerraron sus balances el día 31 de diciembre de 2009, deberán ingresar los 3 anticipos adeudados en el mes enero. Ingresando tres más en febrero y otros tres en marzo. En Abril abonan dos anticipos y en mayo presentan la correspondiente Declaración Jurada, DDJJ.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.