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AFIP: Vencimientos Pago Anticipo Ganancias Mínima Presunta

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, como ya hemos anunciado anteriormente, dio a conocer mediante una Resolución General Nº 2.736, la forma y el plazo que las empresas, cuyos vencimientos de ejercicio sea posterior al 30 de diciembre de 2009, el cronograma que deberán respetar para ingresar los anticipos adeudados en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. Fijando un esquema escalonado de pagos a cuenta antes de mayo de 2010.- La normativa establece que aquellas empresas que hayan cerrado balance a partir del día 31 de diciembre de 2009, deberán calcular los anticipos que adeudan, según el siguiente cronograma: Cierre del Vencimiento Mes del Vencimiento del Anticipo Enero 2010 Febrero 2010 Marzo 2010 Abril 2010 Mayo 2010 31 […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, como ya hemos anunciado anteriormente, dio a conocer mediante una Resolución General Nº 2.736, la forma y el plazo que las empresas, cuyos vencimientos de ejercicio sea posterior al 30 de diciembre de 2009, el cronograma que deberán respetar para ingresar los anticipos adeudados en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. Fijando un esquema escalonado de pagos a cuenta antes de mayo de 2010.-

La normativa establece que aquellas empresas que hayan cerrado balance a partir del día 31 de diciembre de 2009, deberán calcular los anticipos que adeudan, según el siguiente cronograma:

Cierre del Vencimiento Mes del Vencimiento del Anticipo
Enero 2010 Febrero 2010 Marzo 2010 Abril 2010 Mayo 2010
31 de Diciembre de 2009 1 – 2 y 3 4 – 5 y 6 7 – 8 y  9 10 y 11 DDJJ
Enero 2010 1 – 2 y 3 4 – 5 y 6 7 y 8 9 y 10 11
Febrero 2010 1 – 2 y 3 4 – 5 y 6 7 y  8 9 10
Marzo 2010 1 – 2 y 3 4 – 5 y 6 7 8 9
Abril 2010 1 – 2 y 3 4 y 5 6 7 8
Mayo 2010 1  y 2 3 y 4 5 6 7
Junio 2010 1 y  2 3 4 5 6

Contemplando un cronograma especial para las personas físicas que a su vez son consideradas por la AFIP en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, IGMP, respecto de su actividad vinculada con los inmuebles rurales:

Cierre del Vencimiento Mes del Vencimiento del Anticipo
Enero 2010 Febrero 2010 Marzo 2010 Abril 2010 Mayo 2010
31 de Diciembre de 2009 1 – 2 y 3 4 y  5 DDJJ

Como vemos, en el cronograma de ingresos de los anticipos en el IGMP, Empresas que cerraron sus balances el día 31 de diciembre de 2009, deberán ingresar los 3 anticipos adeudados en el mes enero. Ingresando tres más en febrero y otros tres en marzo. En Abril abonan dos anticipos y en mayo presentan la correspondiente Declaración Jurada, DDJJ.

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