El día de la fecha se produce el vencimiento de la cuota del Monotributo de agosto de 2017 de acuerdo a lo estipulado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esta obligación del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) vence hoy para todos los Monotributistas sin importar su categoría ni dígito verificador del Código Único de Identificación Tributaria (CUIT).
El vencimiento de la cuota del Monotributo es para el mes en curso, por lo que hoy vence la del período fiscal Agosto/2017. El monto de la misma fue actualizado por última vez en el mes de enero pasado y, conforme a la Ley 27.346, volverá a sufrir cambios en septiembre.
Formas para pagar cuota del Monotributo
- Personalmente: Hasta el mes de noviembre, sólo los monotributistas comprendidos en las categorías A, B y C pueden cancelar la obligación en efectivo. Pasado dicho mes, al igual que el resto de los Pequeños Contribuyentes, tendrán que hacerlo utilizando un método de pago electrónico.
- Por Internet: Para realizar la transferencia electrónica de fondos es necesario generar un VEP (Volante Electórnico de Pago) desde la web del Fisco Nacional.
- Por débito automático: Los contribuyentes que están adheridos al débito automático en una cuenta bancaria o tarjeta de débito gozan de una bonificación anual que equivale a una cuota mensual. Su adhesión se tiene que efectuar mediante el banco o la empresa emisora de la tarjeta.
AFIP tiene un servicio de Mensaje de Texto que permite a los contribuyentes consultar las fechas de vencimiento por dicha vía. Para ahcerlo se tiene que mandar «VENCE MONOTRIBUTO» al 2347.
Por otro lado, recordamos la obligatoriedad de la recategorización cuatrimestral del Monotributo. El vencimiento varía de acuerdo a la categoría del monotributista.
Vencimiento de recategorización cuatrimestral del Monotributo
Aquellos que deban encuadarse en una nueva categoría tendrán tiempo se hacerlo hasta el 20 de septiembre de 2017. El plazo para confirmar la categoría actual es la siguiente:
Categoría | Vencimiento |
F, G, H, I, J y K | 20 de septiembre |
D y E | 20 de octubre |
B y C | 20 de noviembre |
A | 20 de diciembre |
En caso de no cumplir con dicha recategorización, el sistema suspenderá temprariamente la Constancia de Opción Monotributo hasta que se regularice tal situación.