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AFIP, amplia plazos procedimentales

Según la resolución General Nº 2466 la AFIP amplio los plazos procedimentales, días hábiles administrativos comprendidos entre el día 21 de julio y el 1ro. de Agosto de 2008 debido a la feria judicial de invierno. Tener en cuenta:  Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante dicho período, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del mismo. Lo indicado precedentemente no obsta el ejercicio de las facultades de contralor de este organismo durante el mencionado período.  

Según la resolución General Nº 2466 la AFIP amplio los plazos procedimentales, días hábiles administrativos comprendidos entre el día 21 de julio y el 1ro. de Agosto de 2008 debido a la feria judicial de invierno.

Tener en cuenta:

  •  Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante dicho período, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del mismo.

  • Lo indicado precedentemente no obsta el ejercicio de las facultades de contralor de este organismo durante el mencionado período.
     

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