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¿Cómo liquidar aportes de la Seguridad Social si aún no salió la nueva versión del SICOSS?

¿Cómo liquidar aportes de la Seguridad Social si aún no salió la nueva versión del SICOSS de AFIP?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió un comunicado para informar que la nueva versión del Sistema de Cálculo de Obligaciones de Seguridad Social (SICOSS) estará disponible a partir del 3 de abril por medio de su sitio web (www.afip.gob.ar) con los cambios que introduce la reforma tributaria. El gran problema es que la misma debe ser aplicada para liquidar aportes de la Seguridad Social desde el período fiscal Febrero/2018 en adelante.

Debido a que la v.41 del SICOSS recién estará disponible el mes que viene, las liquidaciones de los aportes de la seguridad social del período fiscal Febrero 2018 tendrá que hacerse con la anterior versión del aplicativo.

Sin embargo, AFIP advierte que el servicio Declaración en Línea recepcionará las novedades de la nueva versión del programa aplicativo.

Para aprovechar los beneficios de la reforma tributaria, as Declaraciones Juradas (DDJJ) determinativas correspondientes a los períodos devengados enero, febrero y/o marzo de 2018 que hayan sido presentadas con anteriores versiones podrán ser rectificadas por nómina completa usando la v.41 hasta el 31 de mayo de 2018, inclusive.

En este caso, la rectificativa en menos no implicará que se apliquen las disposiciones de la Resolución General 3093 y su modificatoria.

En caso de que la rectificación arroje un saldo a favor del organismo recaudador, se considerará cumplido en término si se abona antes del 1 de mayo de 2018.

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