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ANSES: ¿Qué Asignaciones Familiares cobran los Empleados Domésticos?

Mirá qué Asignaciones Familiares cobran los Empleados Domésticos y cómo tramitarlas en ANSES.

Hemos recibido varias consultas de usuarios que desean saber qué Asignaciones Familiares cobran los Empleados Domésticos. Es por esta razón que decidimos publicar este artículo para aclarar las prestaciones que los trabajadores de casas particulares pueden gestionar en la oficina de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) más cerca a su domicilio con turno previo, el cual se puede obtener desde la web www.anses.gov.ar.

Para cobrar Asignaciones Familiares, el Empleado Doméstico debe tener registrada su información personal y la de su grupo familiar en la base de ANSES.

En caso de no estar seguro de si se tiene o no actualizada dicha información, el beneficiario puede hacer una consulta por Internet accediendo a www.anses.gov.ar. Dentro del portal se debe hacer clic en «Mi ANSES», identificarse con la Clave de la Seguridad Social y pulsar en el icono con forma de familia.

Las prestaciones que se pueden cobrar son las siguientes:

  • Asignación Familiar por Maternidad / Maternidad Down.
  • Asignación Universal por Hijo (AUH).
  • Asignación por Embarazo.

Asignación por Maternidad

para cobrar el beneficio, el personal doméstico tiene que contar con una antigüedad de 3 meses o más con cada uno de sus empleadores a la fecha de inicio de la Licencia por Maternidad. Si es menor a dicho plazo se liquida por los días que restan gozar de la licencia preparto y/o posparto a partir de que se cumple con la antigüedad indicada.

Los trabajadores por temporada es posible computar el período desempeñado en tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares con el mismo empleador por 12 meses inmediatos anteriores al comienzo de la actual actividad laboral.

La solicitud debe ser ingresada en ANSES con turno desde que se informa el estado de embarazo al empleador y hasta el día en el cual se termina la licencia.

Asignación por Embarazo

A causa de que se cuenta con obra social, la solicitante no está obligada a inscribirse en el Programa SUMAR del Ministerio de Salud. El trámite puede ser iniciado a partir de la semana número 12 de embarazo.

La prestación se liquida en un 80% mensualmente y se retiene el 20% restante a la espera de que ocurra el nacimiento o la interrupción del estado de embarazo.

Asignación Universal por Hijo

Para tramitar el cobro se debe presentar la Partida de Nacimiento del menor de edad y el Documento Nacional de Identidad (DNI) de ambos padres. El monto del beneficio se paga en un 80% cada mes y se retiene el resto a la espera de que se presente el Formulario Libreta PS 1.47 acreditando la escolaridad y los controles sanitarios (Visitas al médico y vacunas).

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