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Solicitar exención de Ingresos Brutos para Cooperativas de Trabajo

Solicitar exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para Cooperativas de Trabajo en ARBA.

El viernes 15 de junio de 2018 vencerá el plazo para solicitar la exención de Ingresos Brutos para las cooperativas de trabajo bonaerenses por Internet. La solicitud debe ser efectuada por medio de la página oficial de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), cuya dirección web es www.arba.gob.ar. Pasada dicha fecha, el organismo recaudador efectuará la registración de oficio y determinará el importe del tributo no abonado en tiempo y forma.

Con la finalidad de combatir la evasión, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires obliga la inscripción de las cooperativas de trabajo en ARBA.

Hasta el año pasado, en general, las cooperativas se encontraban exentas del impuesto sobre los ingresos brutos sin necesidad de que realicen ningún tipo de trámite. Sin embrago, en enero de 2018 se aplicó una reforma para controlar las operaciones de dichas entidades, las cuales, desde entonces, su exención del gravamen es hasta el importe que paguen a sus asociados por sus servicios y/o retornos dentro del ejercicio anual.

El tributo es de entre el 3,5% y el 5% sobre el excedente. Con lo cual, esta reforma es muy significativa.

La solicitud de la exención de Ingresos Brutos debe ser realizada desde la página de ARBA antes del 15 de junio. Pasado el plazo, el organismo recaudador podrá realizar la inscripción de oficio a las cooperativas no registradas e iniciar un procedimiento determinativo de oficio para exigir el pago del impuesto no ingresado.

Los ingresos de los asociados también están exentos siempre y cuando cuenten con su propia exención, la cual se puede obtener luego de que la cooperativa haya obtenido la suya.

Con la reforma, las cooperativas de trabajo están obligadas a cumplir con el Régimen de Información Anual. El vencimiento de la Declaración Jurada (DDJJ) correspondiente a esta obligación será el 10 de mayo de cada año. Para aquellas que se constituyen antes del 1ero de enero se tendrán que informar algunos datos del año anterior.

ARBA otorgó una prórroga en la presentación de la DDJJ Informativa Anual de este año para el 31 de julio.

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