El día de la fecha, mediante la publicación de la Resolución 97/2018 de ENERGAS en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó el pago en cuotas de la factura del gas para el invierno. Este financiamiento es válido para los consumidores residenciales y comerciales de dicho servicio. Para obtener el beneficio será necesario realizar un trámite antes de recibir la facturación del consumo correspondiente al período 4, el cual va del 1° de julio al 31 de agosto, o hasta la fecha de vencimiento del primer cupón de pago.
Las facturas de gas que se pueden pagar en cuotas son las correspondientes a los consumos de julio a octubre.
Se podrá optar entre pagar el período el total del consumo o financiar el 25% de los mismos en tres cuotas bimestrales, no podrá elegir un financiamiento menor al establecido.
La tasa de interés máxima que se aplicará al financiamiento de los consumos en comercios, residencias y Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES) será del 1,5% mensual.
En caso de abonar el primer comprobante del vencimiento mensual del período 4 se tendrá que aguardar al siguiente bimestre, que va de septiembre a octubre, para adherirse a este plan de pagos.
La financiación acumulada y sus intereses se recuperarán a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1 de noviembre de 1018 y por 3 períodos consecutivos para los clientes bimestrales y seis para los clientes mensuales.
En caso de solicitar la baja del servicio durante el financiamiento, la empresa proveedora del mismo podrá exigir que previamente se abone la totalidad de cuotas pendientes.
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