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Vencimiento del Pago de Monotributo 2010

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.819, publicada en el Boletín Oficial, como ya hemos adelantado oficializó la extensión de la fecha de vencimiento del pago del Monotributo, hasta los días 20 de cada mes e hizo lo mismo con la recategorización cuya fecha límite es el día 20 de mayo de 2010.- para que los pequeños contribuyentes actualicen su situación fiscal ante las autoridades del fisco nacional. La normativa establece que: «la recategorización en el Monotributo se efectuará hasta el día 20 de los meses de mayo, septiembre y enero, respecto de cada cuatrimestre calendario anterior a dichos meses». «Cuando la fecha de vencimiento coincida con día feriado o inhábil, la misma se […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.819, publicada en el Boletín Oficial, como ya hemos adelantado oficializó la extensión de la fecha de vencimiento del pago del Monotributo, hasta los días 20 de cada mes e hizo lo mismo con la recategorización cuya fecha límite es el día 20 de mayo de 2010.- para que los pequeños contribuyentes actualicen su situación fiscal ante las autoridades del fisco nacional.

La normativa establece que:

«la recategorización en el Monotributo se efectuará hasta el día 20 de los meses de mayo, septiembre y enero, respecto de cada cuatrimestre calendario anterior a dichos meses».

«Cuando la fecha de vencimiento coincida con día feriado o inhábil, la misma se trasladará al día hábil inmediato siguiente.”

«los sujetos que adhieran al Monotributo cumplirán la obligación de pago mensual, hasta el día 20 del respectivo mes, excepto cuando se trate de inicio de actividades, en cuyo caso el pago correspondiente al mes de inicio de actividades podrá efectuarse hasta el último día de ese mes».

De acuerdo a lo indicado por las autoridades fiscales, con esta norma:

  • «se busca evitar que el pago se superponga con otros vencimientos y obligaciones que puedan tener los contribuyentes. Asimismo, les permitirá cancelar su obligación, sin la necesidad de correr corran los intereses por mora, producto del pago fuera de término».

La decisión la tomaron:

  • «luego de verificar que menos del 50% de los Monotributistas abona el pago del Monotributo mensual en término, mientras que el resto lo hace antes de fin de mes». Igualmente, aclararon, «es para destacar que los Monotributistas tienen un índice de cumplimiento cercano al 80 por ciento».

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