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AFIP: Montos de la Cuota de Autónomos 2018-2019

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Cuadro de AFIP con montos de la Cuota de Autónomos 2018-2019. Dichos valores son vigentes desde el período fiscal Diciembre/2018.

Escrito por Ronald Coyle | 18 de diciembre de 2018

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha realizado la difusión de los nuevos montos de la cuota de Autónomos 2018-2019, los cuales tendrán vigencia desde el período devengado diciembre que vencerá en enero. Dichos valores son el resultado de la aplicación del 7,8% de aumento conforme a la aplicación de la Ley de Movilidad de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) que actualiza los haberes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

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El monto de la cuota del Régimen General (RG) es actualizado cada vez que se aplica un aumento a los jubilados del SIPA, lo cual ocurre en marzo, junio, septiembre y diciembre.

Para realizar el cálculo de ajuste, el Gobierno toma en un 70% las variaciones en la inflación que informa el INDEC mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y en un 30% en los salarios de los empleados del Estado que indica el Ministerio de Producción y Trabajo con la Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

Montos de Autónomos desde Diciembre de 2018

Categorías mínimas de revista:

A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:

Categorías Importes
I 1726,90
II 2417,66
III 3453,81
IV 5526,08
V 7598,36

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:

Categorías Importes
I’ 1888,80
II’ 2644,31
III’ 3777,60
IV’ 6044,15
V’ 8310,71

C) Afiliaciones voluntarias:

Categorías Importes
I 1726,90

D) Menores de 21 años de edad:

Categorías Importes
I 1726,90

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:

Categorías Importes
I 1457,07

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:

Categorías Importes
I 593,62

Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007:

A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:

Categorías vigentes hasta febrero de 2007 Importes
A 1346,94
B 1653,50
B’ 1808,51
C 2210,36
C’ 2417,58
D 3306,92
D’ 3616,95
E 5521,66
E’ 6039,32
F 772348
G 11039,09
G’ 12074,00
H 16565,13
I 20722,64
J 20722,64

B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:

Categorías Importes
I 1136,48

C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:

Categorías Importes
I 463,01

Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):

Categorías Importes
I 5396,58
II 7555,17
III 10793,16
IV 17269,03
V 23744,91

Recordemos que en diciembre de 2018 venció la cuota correspondiente a noviembre. La de diciembre vencerá en enero de 2019.

Sobre el autor

Ronald Coyle

Ronald Coyle

Contador Público de UK.