Conductor feliz en su auto

Multa por manejar con ojotas

Multa por manejar con ojotas o sandalias, calzado que no se considera apropiado por la ley vigente.

Un hombre recibió una multa por manejar con ojotas en Guaymallén, departamento de la provincia de Mendoza, y no dudó en compartir la misma en las redes sociales. Esta sanción no tardó en virilizarse alertando a muchas personas que utilizan dicho calzado para conducir desconociendo de que se trata de una infracción. El monto a pagar era de 1200 pesos pero el conductor infractor recibió un 40% de descuento por pago voluntario abonando 720 pesos.

«Cuidado con la nueva ley que salió. No conduzcan ni de sandalias ni de ojotas miren lo que me pasó a mi» que fue texto que el conductor sancionado escribió adjuntando un ticket con el pago de la multa.

La publicación se compartió por más de cuatro mil usuarios en muy poco tiempo. En los comentarios de la misma algunas personas indicaron que la sanción rige desde hace años y otras afirmaron desconocerla.

El Artículo 19 del Decreto 326, que reglamenta la Ley 9.024 de Seguridad Vial indica, indica que los conductores deben utilizar un calzado apropiado para el manejo y control total de los pedales de embrague, freno y acelerador del vehículo.

En la normativa se recalca que se entiende como «calzado apropiado» a aquellos de tipo cerrado o que, siendo abiertos, sujeten la parte anatómica dorsal, plantar y lateral, con suela antideslizante que permita la sujeción a la goma de recubrimiento de los pedales.

Expertos en Seguridad Vial afirman que los calzados abiertos, como son las ojotas y sandalias, harán que el conductor pierda el contacto ideal con los pedales del vehículo. Podría hacer una presión extra con el pie generando maniobras bruscas y peligrosas.

Por otro lado, se recomienda no manejar descalzo dado que los pies no tienen una buena adhesión a los pedales.

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