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ANSES: ¿Qué trámite deben hacer los apoderados antes del 30 de junio de 2019?

Descubrí qué trámite deben hacer los apoderados en ANSES antes del 30 de junio de 2019.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) recuerda en si página oficial que el 30 de junio de 2019 se producirá el vencimiento del plazo límite establecido para que los apoderados de jubilados y pensionados cumplan con su empadronamiento en el sistema Mi Huella. El trámite se puede efectuar en el banco en el cual se cobran los haberes mensualmente o en una oficina del organismo previsional con turno, el cual se puede pedir desde www.anses.gob.ar.

ANSES requiere que todos los apoderados tengan registrada su huella dactilar en Mi Huella con la finalidad de ejercer un mayor control y evitar fraudes.

Existen dos tipos de apoderados, uno para efectuar gestiones en ANSES y otro para cobrar haberes liquidados por dicho organismo.

Se puede designar como apoderado par hacer trámites a un familiar; tutor o curador; abogado; gestor; o representante diplomático o concursal. Para el cobro se puede gestionar un familiar; banco; entidad pública nacional, provincial o municipal; director o administrador de un hospital, sanatorio, asilo o establecimiento similar; mutual o institución de asistencia socia; o abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.

Es obligatorio que la persona designada como apoderada sea mayor de 18 años de edad o se encuentre emancipada.

La designación de un apoderado se realiza en las oficinas de ANSES. En caso de que ya se cuente con un apoderado, éste tiene que empadronarse en Mi Huella en la sucursal del banco en la que se cobra la jubilación y/o pensión o en una delegación con turno, el cual se puede obtener desde la página de ANSES (Sección «Turnos» – «Mi Huella – Apoderados») o la línea 130.

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