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Categoría: AFIP

AFIP, nuevo régimen de Facilidades de Pago

Carpeta abierta con logo de AFIP
Escrito por Graciela Sabio | 11/11/2008 17:01

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, incorpora al sistema Mis Facilidades un nuevo régimen especial de FACILIDADES DE PAGO, para el  cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales.

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Condiciones del  nuevo plan

Conceptos incluidos: Aquellos vencidos hasta el día 31/12/2007, correspondientes a:

  • Obligaciones Impositivas

  • Recursos de la Seguridad Social

  • Multas y cargos suplementarios por tributos a la exportación o importación

  • Actualizaciones, intereses y multas correspondientes a los conceptos antes mencionados.

La tasa de interés Financiero: 1.5% sobre saldo y las cuotas serán:

  • Serán mensuales y consecutivas, operando el vencimiento el día 16 de cada mes, siendo debitadas en la cuenta correspondiente a la CBU informada.

  • La cantidad máxima a solicitar dependerá del tipo de deuda incluida y del monto total de la deuda consolidada

TIPO DE DEUDA CANTIDAD MÁXIMA DE CUOTAS
Retenciones y percepciones impositivas 24
Impositiva y de los recursos de la seguridad social -excepto retenciones y percepciones impositivas y los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia 120
Aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia. 24
Multas impuestas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero por tributos a la importación o exportación 120

El componente de capital de las cuotas no podrá ser inferior a $ 150. La primera cuota tampoco podrá ser inferior al 3% de la deuda, las restantes cuotas serán iguales en cuanto al valor de capital (es decir sin considerar el interés de financiación).

Como solicitar el Plan

  1. Ingresando a la pagina de la AFIP con su Clave Fiscal

  2. Servicio “MIS FACILIDADES”

  3. Seleccionar la opción “PLAN ESPECIAL – Deuda vencida al 31 de diciembre de 2007”, la que se encontrará disponible a partir del 20 de Noviembre.

  4. Detallar cada una de las obligaciones que incluyen en este plan, la cantidad de cuotas que solicita y la C.B.U. en la que se efectuarán los débitos de las cuotas.

Tener en cuenta que:
 

Es necesario que la deuda este exteriorizada, de no ser así, deberá presentar las declaraciones juradas originales y/o rectificativas correspondientes.

Vencimientos

Tiene tiempo para adherirse al régimen hasta el 31 de Marzo de 2009
 

Sobre el autor

Graciela Sabio

Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.