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Anses prorrogó la Moratoria Previsional pero no cambió la fecha de corte

Anses prorrogó la Moratoria Previsional pero no cambió la fecha de corte para regularizar aportes. Mirá qué tenés que cumplir para jubilarte.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por medio de la Resolución 158/2019, ha oficializado la prórroga en el régimen que permite regularizar aportes en hasta 60 cuotas para acceder a una jubilación, el cual vencía el 23 de julio de 2019. El gran problema es que el organismo no cambió la denominada «fecha de corte« de la moratoria previsional por lo que no muchas personas podrán acceder al beneficio.

Gracias a la prórroga, las mujeres de 60 a 65 años que nacieron después de 1955, que en 1977 tenían 18 años, pueden jubilarse con la moratoria previsional de Anses.

Sin embargo, para acceder al beneficio deben tener algunos años de aporte registrados en el sistema. Es decir, no es posible jubilarse sin aportes como ocurrió cuando se sancionó la ley.

Los aportes que pueden regularizar las mujeres son desde que cumplieron 18 años hasta el 31 de diciembre de 2003. Con lo cual pueden ingresar al plan de pagos 26 ó 27 años contando con 3 ó 4 años de servicio posteriores a 2003. En caso de contar con aportes anteriores a 2003 se disminuirá el monto a pagar por la cuota de la moratoria.

La moratoria vencía el 18 de septiembre de 2016 pero fue prorrogada para las mujeres con la Ley de Reparación Histórica. Al igual que ocurrió en esa oportunidad que no cambió la fecha de corte, la persona interesada debe tener años registrados en el sistema como trabajadora en relación de dependencia para poder tramitar su jubilación.

Debido a que no se modificó dicha fecha límite para regularizar aportes por moratoria previsional, en tres años las mujeres deberán acreditar, al menos 7 años de trabajo en blanco.

Además de cumplir con la edad requerida, la persona interesada debe someterse a un análisis socioeconómico.

Por otra parte, la prórroga también incluye a los hombres. Sin embargo sólo podrán adherirse al régimen aquellos que hayan cumplido la edad jubilatoria (65) antes del vencimiento anterior de la moratoria, el 18 de septiembre de 2019.

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