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AFIP: Recategorización del Monotributo en julio

AFIP recuerda que se debe hacer la recategorización del Monotributo en julio. Consultá los pasos a seguir para hacer el trámite.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recuerda que ha comenzado el segundo período de recatgeorización del Monotributo, el cual se extiende hasta el lunes 22 de julio de 2019. Los monotributistas deben realizar el trámite por Internet desde el portal desarrollado para el régimen simplificado para pequeños contribuyentes utilizando su CUIT y Clave Fiscal.

La recategorización en el Monotributo debe ser efectuada por los pequeños contribuyentes que han tenido cambios en el desarrollo de su actividad en los últimos doce meses. Por ejemplo por un aumento o disminución en los ingresos o los gastos de electricidad o alquiler.

Con lo cual, el monotributista debe sumar los datos correspondientes a los últimos 12 meses para verificar que se encuentre en la categoría que le corresponde. Esa información se tiene que comparar con la tabla de las categorías vigentes desde el mes de enero de 2019, las cuales pueden ser consultadas haciendo clic ACÁ.

La gestión puede ser efectuada por la página de AFIP o la aplicación Mi Monotributo, la cual se encuentra desarrollada para dispositivos móviles con sistema operativo Android e iOS.

Pasos para recatgeorizarse en Monotributo

  • Acceder al micrositio Monotributo, cuya dirección web es https://monotributo.afip.gob.ar, y pulsar en «Comenzar» para identificarse en el sistema con el CUIT y la Clave Fiscal.
  • Pulsar en el botón «Recategorizarme».
  • En pantalla se mostrará la categoría actual y los topes correspondientes a cada parámetro de la misma. Para continuar con el trámite se debe hacer clic en «Continuar recategorización».
  • Informar los montos facturados en los últimos 12 meses e indicar si se cuenta o no con un local.
  • En caso de encontrase en una provincia con monotributo unificado se mostrará el componente integrado. Si no es así no se mostrará.
  • El sistema indicará la categoría que le corresponde según los datos ingresados. En caso de que sean correctos se debe pulsar en «Confirmar categoría» sino se tiene que presionar en «Volver» para corregir los errores.

En caso de no haber contado con cambios en los últimos doce meses no es necesario realizar ningún trámite, el organismo recaudador da por entendido que se mantiene la categoría.

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