Saltar al contenido
Categoría: AFIP

AFIP, Régimen de facilidades de pago, prorroga vencimientos de los debitos automáticos

Carpeta abierta con logo de AFIP
Escrito por Graciela Sabio | 25/11/2008 15:44

 La AFIP informa que por motivos de producirse inconvenientes en los los procesos bancarios que imposibilitaron la realización de los débitos de las cuotas correspondientes a los Planes de Facilidades de Pago establecidos por las Resoluciones Generales Nros. 1966, 1967, 2278 y 2360, el día 16 de noviembre de 2008, por el cual no se debitaron las cuotas, se considerarán pagadas en término aun si fueron canceladas por debito directo hasta el día 17 de noviembre del 2008

Compartir:
Seguinos

Cabe destacar que, si en la última fecha indicada no existiera disponibilidad de fondos suficientes en la cuenta bancaria para la cancelación de la respectiva cuota, resultará de aplicación el procedimiento de débito directo previsto para este supuesto por cada una de las resoluciones generales mencionadas.

Sobre el autor

Graciela Sabio

Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.