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AFIP elimina el Formulario 8001

AFIP elimina el Formulario 8001. Los comerciantes deberán emitir un comprobante electrónico.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido eliminar la obligación de requerir el Formulario 8001 a los contribuyentes responsables inscriptos para emitirles una Factura A con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) discriminado. De esta forma se pone un punto final a un problema que lamentablemente era habitual generalmente en restaurantes y hoteles.

Hasta el momento, los comerciantes deberían solicitar a sus clientes que completen el F8001 de AFIP para poder discriminarles el IVA en su factura.

El problema es que no siempre éstos contaban con dicho formulario en el negocio por lo cual le requerían a sus clientes que lo lleven. Obviamente esta situación generaba un conflicto entre las partes que derivaba con la emisión de un comprobante a un consumidor fiscal perdiendo el responsable inscripto la posibilidad de utilizar el crédito fiscal.

El motivo por el cual se requería el Formulario 8001 es que, por ejemplo, se supone que el pago de una cuenta en un negocio gastronómico no se relaciona con la actividad del contribuyentes. Por lo cual se le requería que indique bajo declaración jurada que así se trata.

De ahora en más, gracias a la despapelización que lleva adelante el organismo, de ahora en más el comerciante deberá emitir un comprobante de forma electrónica mediante el servicio Comprobantes en Línea o un controlador fiscal si la operación es mayor a 10.000 pesos. En estos casos tendrá que agregar el código de identificación «5» para indicar que se trata de una excepción a la norma general del IVA que supone que la compra no se vincula de forma directa a la actividad del sujeto.

Entre otras cosas, esto deberá ser utilizado para cuando se trate de locación de servicios en la realización de congresos, seminarios o convenciones, o cuando una firma de indumentaria compre ropa de trabajo para sus empleados.

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