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Devolución de IVA a empresas

AFIP reglamentó la devolución de IVA a empresas contemplada en la ley de reforma tributaria.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) finalmente reglamentó la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a empresas por hasta 15.000 millones de pesos. El beneficio se otorgó por medio de la reforma fiscal de 2017 pero aún aguardaba su reglamentación. El mismo se aplica a los créditos generados por inversiones que las compañías llevaron a durante el año de la sanción de la ley.

En la normativa, el ente indica que el tope de devolución del IVA fijado anualmente es determinado atendiendo a las condiciones generales imperantes en materia de ingresos presupuestarios.

La Reforma Tributaria incorpora sin número a continuación del Artículo 24 de la Ley de IVA un régimen de devolución de créditos fiscales que han sido originados en la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de uso. El mismo excluye a los automóviles.

El texto indica que el reintegro del tributo procederá luego de transcurridos seis períodos fiscales consecutivos contados a partir del que resultó procedente su cómputo siempre y cuando los importes respectivos integren el saldo a favor del responsable.

Gracias a ello se pueden recuperar el impuesto en la medida que el crédito fiscal generado no alcance para cubrir los débitos que se generen al vender el producido de la inversión realizada. Esta devolución se podrá encontrar en la cuenta corriente tributaria como saldo de libre disponibilidad.

El atraso para reglamentar esta medida obviamente genera quejas por parte de los contribuyentes, dado que han pasado 20 meses desde la sanción de la reforma tributaria. En este tiempo obviamente la inflación ha hecho estragos en el crédito a favor.

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