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Categoría: Otros

INACAP Contribución Patronal Empleados de Comercio Cuota a pagar según Acuerdo Salarial Junio 2010

Empleada de comercio
Escrito por Graciela Sabio | 31/08/2010 14:31

El Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, perteneciente a los Empleados de Comercio, establece una contribución patronal obligatoria para el Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológico para el Comercio, INACAP, en los términos que establece el artículo Nº 102 del mencionado CCT. La  mencionada contribución, que consiste en una suma fija a pagar por el empleador por cada trabajador, con el acuerdo salarial firmado el 16 de junio de 2010,  fue modificada.

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La contribución patronal destinada al INACAP, se modificó con el acuerdo firmado el día 16 de junio de 2010 bajo los siguientes conceptos: El aumento dispone otorgar una suma fija No Remunerativa de $75.- sumada a la base del calculo del aumento, el mismo fue acordado en un 27% acumulativo, abonándose la primera cuota, el 15%, retroactivo al mes de mayo de 2010.-

La contribución patronal que el empleador debe pagar por cada trabajador, como ya dijimos es una suma fija que se obtiene del 0.50% del salario inicial de la categoría Maestranza “A” según el último Acuerdo Salarial de Junio de 2010, se conforma de la siguiente manera:

CALCULO CONTRIBUCION PATRONAL   – INACAP

Maestranza “A” inicial % Aporte INACAP Cuota INACAP
Maestranza “A” inicial $ 1.293.65 0.50% $ 1.79
No Remunerativo Res. Nº 510/08 8/5/08 $  358.73 0.50% $ 1.79
No Remunerativo Res. Nº 570/09 15/8/09 $  300.00 0.50% $ 1.50
No Remunerativo Res. Nº 143/10 15/2/10 $  100.00 0.50% $ 0.50
Asignación Especial  Res. Nº 143/10 15/2/10 $  75.00 0.50% $ 0.37
No Remunerativo Acuerdo Salarial 16/6/10 $  319.11 0.50% $1.60
TOTAL $12.23

Nuevo Valor de la Cuota desde Mayo hasta  Agosto de 2010 =  $ 12.23

El pago se realiza con la boleta que se imprime desde la página Web de INACAP en los siguientes lugares: Banco de la Nación Argentina, Banco Provincia de Buenos Aires, Pago Fácil con cheque o Efectivo ó  Bapropagos, solamente en Efectivo, hasta el día 15 del mes siguiente a su vencimiento.

Sobre el autor

Graciela Sabio

Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.