El Gobierno Nacional ha establecido un nuevo plazo de vencimiento del Pasaporte Argentino mediante el Decreto 749/2019. Para los mayores de 18 años de edad, el mismo es de 10 años y para los menores de 5 años. La gestión de dicho documento debe ser llevada adelante en cualquier Centro de Documentación Rápida (CDR) del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), organismo que depende del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.
El Renaper permite gestionar Pasaporte ordinario, Pasaporte excepcional para extranjeros y un documento de viaje para apátridas y refugiados.
La validez del Pasaporte originario que se otorga a argentinos es de 10 años siempre y cuando el titular sea mayor de edad. Se reduce a la mitad si se trata de un menor, quien tiene que gestionarlo en compañía de uno de sus padres si están casados o de ambos si no lo están.
No pueden gestionar el Pasaporte en el Renaper aquellos que hayan sido condenados a penas o medidas de seguridad que conllevan a la privación o limitación de su libertad salvo que obtengan un permiso judicial, cuenten con orden de captura y/o la autoridad judicial argentina le haya prohibido su salida del territorio argentino.
La validez del Pasaporte para extranjeros es de 2 años. Su otorgamiento requiere la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI), acreditación fehaciente de cuestiones humanitarias o de fuerza mayor, copia de certificado de nacionalidad y certificados de radicación o los duplicados de las fichas individuales de identificación expedidos por la Dirección Nacional de Migraciones.
Por otro lado, el documento de viaje para apátridas o refugiados se otorga en caso de que se carezca de nacionalidad y que se deba presentar la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas. También puede ser gestionado por personas de nacionalidad extranjera a las cuales se les aplique la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.
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