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Anses eliminó la fecha límite de cobro para haberes

Anses eliminó la fecha límite de cobro para haberes. El dinero no regresará al organismo, quedará depositado en la cuenta.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ha modificado la sección del calendario de pagos de su página oficial eliminando la columna de fecha límite de cobro de haberes. Además, el sitio web del organismo previsional dirigido por Alejandro Vanoli aclaró que se suspendió el trámite de supervivencia (Fe de vida) desde el 1° de marzo y, mientras esto dure, el dinero permanecerá en la cuenta bancaria.

Antes de la cuarentena, Anses estableció el 8 de abril como fecha límite para el cobro de prestaciones liquidadas en marzo pasado.

El aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por la propagación del coronavirus imposibilitó que muchas personas puedan ir a cobrar los haberes. Esto se debe a que los adultos mayores integran el grupo de riesgo en esta pandemia.

Una gran preocupación de los beneficiarios de haberes es que si no retiran el dinero antes de la fecha de vencimiento, el mismo regresa al organismo y se debe solicitar un repago para poder acceder a él, lo cual suele tardar unos 60 días.

Para llevar tranquilidad a los jubilados y pensionados, Anses suspendió la acreditación de supervivencia y aclaró que, mientras esto dure, los fondos seguirán depositados en la cuenta.

El viernes pasado han vuelto a funcionar los bancos en todo el país. Debido a la aglomeración de personas en la primera jornada, el Gobierno Nacional estableció un cronograma de atención para jubilados y pensionados sin tarjeta de débito que depende de la finalización del Documento Nacional de Identidad (DNI).

De acuerdo a lo confirmado en las últimas horas, el Jueves Santo las entidades bancarias abrirán para atender a todos los adultos mayores sin importar la terminación de su documento.

2 comentarios en “Anses eliminó la fecha límite de cobro para haberes”

  1. Necesito asesoramiento por favor: Mi padre se encuentra internado en un Geriátrico del PAMI en CABA, no tiene Apoderado para cobro y tampoco puede salir a cobrar su haber jubilatorio por la Cuarentena. Que trámite tengo que hacer, documentación a presnetar y quien certifica la firma de mi padre.
    Aclaración: Mi padre tenía Apoderado que era mi hermana pero ella se encuentra en grave estado y persona de alto riesgo médico por lo cual mi padre se quedó sin Apoderado.
    Desde ya les agradezco la información.

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