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AFIP: Exclusión del padrón de Monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, a través del cruce de información que realiza periódicamente acaba de excluir del padrón de Monotributistas a 145 contribuyentes que durante el año 2010 compraron vehículos de alta gama, algunos valuados en $240.000.- Por lo que automáticamente pasaron al Régimen General en carácter de Responsables Inscriptos deberán facturar el Impuesto al Valor Agregado, IVA y Ganancias. La AFIP luego de investigar a unos 351 contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado de Monotributo detectó que de acuerdo a los ingresos que declararon 145 de ellos no alcanzaban para justificar el dinero destinado a la compra de vehículos de lujo. Se produjo la exclusión de 145 Monotributistas que compraron imponentes vehículos valuados en $240.000 en […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, a través del cruce de información que realiza periódicamente acaba de excluir del padrón de Monotributistas a 145 contribuyentes que durante el año 2010 compraron vehículos de alta gama, algunos valuados en $240.000.- Por lo que automáticamente pasaron al Régimen General en carácter de Responsables Inscriptos deberán facturar el Impuesto al Valor Agregado, IVA y Ganancias.

La AFIP luego de investigar a unos 351 contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado de Monotributo detectó que de acuerdo a los ingresos que declararon 145 de ellos no alcanzaban para justificar el dinero destinado a la compra de vehículos de lujo.

Se produjo la exclusión de 145 Monotributistas que compraron imponentes vehículos valuados en $240.000 en promedio a lo largo del año pasado.

Los pequeños contribuyentes cada cuatro meses deben actualizar su situación ante la AFIP. Cuando el organismo recaudador procesa los datos recibidos con su base de datos de los agentes de información  realiza el cruzamiento.

Los cruce de datos se realizan por medio de:

  • Consumos realizados a través de tarjetas de crédito y débito.
  • Los movimientos bancarios.
  • Las Declaraciones patrimoniales.
  • Los pagos de cuotas de colegios privados.
  • Inversiones en fideicomisos.
  • Compras y ventas de Bienes Muebles e inmuebles.
  • Alquileres.

Luego de analizar y si surge marcadas inconsistencias, el fisco enviará las respectivas intimaciones.

Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas, FACPCE, explicó que:

  • «el régimen de información electrónica de ingresos y gastos le permite al fisco nacional evaluar la permanencia en el Monotributo de quienes están en las categorías más altas».
  • «La solicitud de información sistemática de las operaciones con los principales clientes y proveedores, y el requerimiento de datos sobre el alquiler del local comercial o del vehículo de transporte, le permite a la AFIP efectuar cruces informáticos entre ingresos y gastos de los distintos contribuyentes».
  • «Ello así, a los efectos de evaluar si un Monotributista puede permanecer en el régimen, o bien, si debe inscribirse en el IVA y en Ganancias por haber excedido los parámetros del régimen simplificado».

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