Jubilado leyendo un diario

Presupuesto 2026 establece que ARCA aplique IVA a diarios y revistas

En el Presupuesto 2026, el Gobierno establece que ARCA aplique IVA a la compra de diarios y revistas y suscripciones a portales de noticias.

El proyecto de ley de Presupuesto 2026 incluye una reforma tributaria que impactará de forma directa en la actividad editorial. La Agencia de Recaudación y Control de Argentina (ARCA) propone la eliminación de la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para diarios, revistas y portales de noticias.

Hasta el momento, las publicaciones periódicas estaban exentas del IVA, lo que favorecía tanto a las empresas editoras como a los consumidores. Sin embargo, el nuevo esquema busca que tanto las ediciones impresas como digitales pasen a estar gravadas.

Pago del IVA en compra de diarios y revistas

El Capítulo X del Presupuesto 2026 aborda las proyecciones en materia de administración tributaria. En este marco, se propone eliminar la exención del IVA para diarios, revistas, publicaciones periódicas y suscripciones digitales de información en línea.

Como contrapartida, se mantendrá la posibilidad de computar como crédito fiscal las contribuciones patronales sobre la nómina salarial del personal que trabaja en actividades como radiodifusión, televisión por suscripción y empresas editoras. Esto significa que, si bien las publicaciones estarán alcanzadas por el IVA, las empresas podrán descontar una parte del impuesto vinculado al costo laboral.

No obstante, si una empresa desarrolla más de una actividad, se exigirá prorratear los sueldos. Sólo podrán computarse como crédito fiscal aquellas remuneraciones vinculadas específicamente con las actividades que antes estaban exentas.

Créditos fiscales y saldos a favor en ARCA

Con el nuevo régimen, desaparecería también la posibilidad de aplicar créditos fiscales de actividades exentas contra otras gravadas, ya que todas las actividades pasarán a tributar el impuesto. Solo seguirán exentos de IVA los libros, folletos e impresos similares.

Además, quienes se dediquen a la producción editorial de diarios, revistas y publicaciones periódicas, así como sus distribuidores, podrán solicitar la devolución de los saldos técnicos acumulados de IVA. Este mecanismo será similar al previsto para las exportaciones, y aplicará cuando los créditos fiscales superen a los débitos.

De ser aprobado en el Congreso, el nuevo régimen tributario entrará en vigencia a partir del primer día del mes siguiente a la publicación de la ley en el Boletín Oficial.

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