El Gobierno puso en marcha el proceso de conversión de las actuales Pensiones no Contributivas (PNC) por Invalidez Laboral al nuevo régimen de Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social. La medida se aplicará de manera gradual y no afectará el pago mensual de Anses.
De esta forma, las prestaciones otorgadas con anterioridad al 22 de septiembre de 2025 comenzarán a adecuarse al nuevo esquema previsto por la Ley de Emergencia en Discapacidad (Ley 27.793) y su reglamentación mediante el Decreto 84/2026.
Conversión a Pensiones no Contributivas por Invalidez Laboral
La Secretaría Nacional de Discapacidad oficializó el inicio del procedimiento a través de la Resolución 1/2026. Dicha norma establece que las PNC por Invalidez Laboral ya otorgadas pasarán a denominarse Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social.
En este sentido, el cambio se realizará de oficio. Es decir, no requerirá que los titulares de las Pensiones no Contributivas hagan trámites presenciales ni presenten una solicitud específica. Los pagos de Anses continuarán con normalidad durante todo el proceso de conversión.
Asimismo, la normativa dispone que, si se necesitara información adicional para completar la verificación administrativa, los beneficiarios serán notificados por los canales oficiales. El procedimiento se desarrollará bajo los estándares de la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326).
La tramitación de las nuevas Pensiones no Contributivas por Discapacidad para la Protección Social requieren Certificado Único de Discapacidad (CUD). No obstante, el mismo no formaba parte de los requisitos de las PNC otorgadas bajo el anterior régimen. La normativa no habla sobre cómo el organismo tomará estos casos, pero Anses indicó a EconoBlog que el CUD siempre es un requisito para demostrar la invalidez laboral.
Adecuación al nuevo régimen legal
El proceso de conversión de las Pensiones no Contributivas responde a la necesidad de encuadrar las prestaciones vigentes dentro del nuevo marco legal establecido por la Ley de Emergencia en Discapacidad. Esta norma creó un régimen actualizado para las pensiones por discapacidad, con criterios específicos de evaluación socioeconómica, compatibilidad con empleo formal y auditorías periódicas.
La Secretaría Nacional de Discapacidad será la encargada de implementar la conversión por etapas. En cada fase se revisará la información registral disponible para verificar el cumplimiento de los requisitos vigentes al momento del otorgamiento original de la pensión.
Según se informó oficialmente, el objetivo es fortalecer la transparencia administrativa, garantizar seguridad jurídica y asegurar que las prestaciones continúen otorgándose conforme a la normativa actual.
Cabe recordar que el nuevo régimen mantiene la naturaleza no contributiva del beneficio y que su monto equivale al 70% del haber mínimo jubilatorio. Además, las pensiones pasarán a ser compatibles con el empleo registrado siempre que los ingresos sean menores a dos veces el salario mínimo, vital y móvil.

