Jubilado pensando en Anses

Natalia Ponce de León aclaró cuándo se puede embargar la jubilación

La Doctora Natalia Ponce de León aclaró en qué casos se puede embargar la jubilación o pensión de un adulto mayor.

La Doctora Natalia Ponce de León habló sobre la complicada situación económica que atraviesan muchos jubilados y pensionados. Junto a Diego Moranzoni en el programa «ISPA todo al revés», la abogada despejó una gran duda respecto a si se puede o no embargar una jubilación.

Embargos sobre jubilados y pensionados

Natalia Ponce de León explicó que la normativa vigente prohíbe embargar la jubilación mínima. Esto se debe a que dicho haber cuenta con carácter alimentario. Por lo tanto, la ley resguarda ese ingreso evitando que una persona quede en situación de vulnerabilidad.

No obstante, la abogada indicó que existe una excepción. Puntualmente, señaló que sí puede embargarse una jubilación cuando el haber supera el mínimo. En esos casos, la medida judicial únicamente puede recaer sobre el monto excedente. Es decir, el importe equivalente a la mínima permanece siempre protegido.

Por otro lado, las pensiones no contributivas (PNC) y la pensión universal para el adulto mayor (PUAM) no pueden ser embargadas, dado que sus montos son menores al haber mínimo.

A pesar de esta inembargabilidad, algunas entidades aplican descuentos sobre la mínima. En dichos casos, se recomienda a los adultos mayores recurrir a un profesional en búsqueda de asesoramiento.

Montos de la jubilación mínima en marzo y abril

Según lo establecido por la Resolución 38/2026 de Anses, el haber mínimo en marzo de 2026 es de $369.600,88. A dicho importe se le adiciona un bono de $70.000. En consecuencia, el total a cobrar por los beneficiarios alcanza los $439.600,88.

Asimismo, el organismo previsional aplicará un incremento del 2,9% en abril. Con esta actualización, la jubilación mínima pasará a ser de $380.319,31. Al sumar el bono de $70.000, el ingreso total ascenderá a $450.319,31.

Cabe señalar que dichos importes no incluyen los descuentos. Es decir, el de PAMI y, en caso de corresponder, de la cuota de la moratoria previsional.

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