A partir del día de la fecha, 1° de mayo de 2026, el salario mínimo, vital y móvil (SMVM) se elevó a $363.000 para trabajadores mensualizados con jornada legal completa. En el caso de los empleados jornalizados, el nuevo valor de la hora quedó en $1.815.
La actualización del piso salarial forma parte del esquema de incrementos mensuales establecido por el Gobierno Nacional tras el fracaso del Consejo del Salario Mínimo. Por ello, se produce en el marco de la Resolución 9/2025 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Alcance del salario mínimo mínimo, vital y móvil
El salario mínimo, vital y móvil funciona como piso legal para los empleados fuera de convenio colectivo. De esta manera, garantiza un ingreso básico obligatorio en actividades que no cuentan con acuerdos paritarios propios.
Sin embargo, su impacto no se limita al mercado laboral. Su monto también actúa como referencia en negociaciones salariales y en el cálculo de diversas prestaciones sociales liquidadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Entre los beneficios afectados por esta actualización se encuentran:
- Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo, cuyos topes de ingresos dependen del SMVM.
- Becas Progresar, que requieren ingresos familiares inferiores a tres veces el salario mínimo.
- Fondo de desempleo, cuyos montos mínimo y máximo se actualizan automáticamente según el piso salarial.
- Jubilados y pensionados con 30 años de aportes efectivos, quienes tienen garantizado el 82% del piso salarial.
Impacto en el fondo de desempleo
El aumento del salario mínimo actualiza los límites del fondo de desempleo. Desde mayo de 2026, los nuevos topes son:
- Mínimo: $181.500, equivalente al 50% del SMVM.
- Máximo: $363.000, equivalente al 100% del SMVM.
Este beneficio es abonado por Anses a trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa. El monto se calcula sobre el 75% del salario promedio de los últimos seis meses trabajados, aunque siempre debe respetar los límites vigentes.
El trámite debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores al despido. En caso de demora, se descuenta un día de prestación por cada día hábil fuera de término.
Jubilados con 30 años de aportes
La normativa vigente garantiza que los jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) con 30 años de aportes efectivos cobren al menos el 82% del salario mínimo.
En mayo de 2026, ese porcentaje equivale a $297.660. No obstante, la jubilación mínima es de $393.174,10 este mes, por lo que no se abonará un plus complementario por este concepto.

