El Gobierno de Javier Milei oficializó una nueva medida que impedirá a los deudores alimentarios asistir a la Copa Mundial de la FIFA 2026. La decisión forma parte de una estrategia destinada a endurecer las sanciones contra quienes incumplen con el pago de la cuota alimentaria de sus hijos.
Más restricciones para deudores alimentarios
La medida quedó respaldada por la Resolución 429/2026 del Ministerio de Seguridad. Dicha normativa amplió los alcances del programa Tribuna Segura y reforzó las herramientas de control sobre personas con restricciones judiciales o antecedentes vinculados a hechos violentos.
Tras la publicación de la resolución en el Boletín Oficial, la Ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, confirmó que ya fue remitido a las autoridades de Estados Unidos el listado con las identidades de las personas alcanzadas por la restricción. De esta manera, los deudores alimentarios incluidos en los registros oficiales no podrán ingresar a los estadios durante el Mundial 2026.
El listado enviado a Estados Unidos incluye cerca de 13.000 deudores alimentarios morosos. No obstante, la cifra asciende a 34.000 personas cuando se contemplan otros individuos con restricciones de ingreso por antecedentes de violencia o causas judiciales.
La decisión se conoció en un contexto social preocupante. Un relevamiento difundido por Unicef a mediados de 2024 indicó que el 56% de las madres argentinas no recibe la cuota alimentaria obligatoria para el sostenimiento de sus hijos.
Recordemos que la prohibición al ingreso de canchas de fútbol para deudores alimentario ya rige en la República Argentina. Gracias al acuerdo con Estados Unidos, se extenderá al Mundial 2026.
Qué es la cuota alimentaria
Tal como lo establecen los artículos 658 al 676 del Código Civil y Comercial, la cuota alimentaria es el aporte económico que debe realizar uno de los progenitores, generalmente quien no convive con el menor, para cubrir sus necesidades esenciales. Se trata de un derecho reconocido por la legislación argentina y por tratados internacionales vinculados a la protección de la infancia.
La cuota puede fijarse por acuerdo entre las partes con homologación judicial o por resolución judicial cuando no existe acuerdo o hay incumplimiento.
Un dato a tener en cuenta es que la edad límite que cubre dicha asistencia es:
- Hasta los 21 años como regla general.
- Hasta los 25 años si el hijo estudia o no puede mantenerse por sí mismo.
- Sin límite de edad en casos de discapacidad permanente.
La cuota alimentaria contempla diferentes necesidades básicas y no se limita únicamente a la alimentación. Además incluye educación, vestimenta, vivienda, salud, transporte y esparcimiento.

