Planeando un viaje con un calendario

Julio de 2026 tendrá un fin de semana extra largo de 4 días

El mes de julio de 2026 tendrá un fin de semana extra largo de 4 días por un día no laborable que se combinará con el feriado del 9 de julio.

El Gobierno estableció un día no laborable con fines turísticos para julio de 2026, el cual se combinará con un feriado nacional. Por esta razón, el próximo mes habrá un fin de semana extra largo. No obstante, se debe aclarar que no todos los trabajadores disfrutarán de cuatro días de descanso.

Día de la Independencia

El jueves 9 de julio se conmemora el Día de la Independencia, una de las fechas patrias más importantes del país. Ese día recuerda la declaración de la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata, aprobada por el Congreso de Tucumán en 1816.

Se trata de un feriado nacional inamovible, establecido por la Ley 27.399. En todo el país se realizarán actos oficiales, actividades culturales y propuestas educativas para recordar este acontecimiento histórico, que marcó el nacimiento de la Argentina como nación independiente.

Día no laborable con fines turísticos

Para extender el descanso, el viernes 10 de julio de 2026 fue declarado día no laborable con fines turísticos mediante la Resolución 164/2025 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Esta medida busca promover el turismo interno, permitiendo conformar un fin de semana de cuatro días junto al feriado del jueves 9 y el sábado 11 y domingo 12 de julio.

A diferencia de un feriado nacional, el día no laborable es optativo para el empleador en el sector privado. Por lo tanto, cada empresa puede decidir si sus trabajadores prestan tareas o no durante esa jornada.

Liquidación del feriado y del día no laborable

La Ley de Contrato de Trabajo establece diferencias importantes entre los feriados y los días no laborables.

En el caso del feriado nacional del 9 de julio, si el trabajador no presta servicios cobra su remuneración habitual. En cambio, si trabaja, el empleador debe abonar el día con un recargo del 100%.

Por su parte, el día no laborable del viernes 10 de julio tiene un tratamiento diferente. Si el empleador decide que se trabaje, la jornada se paga como un día normal, sin recargo. Si, en cambio, dispone que no haya actividad, el trabajador percibe igualmente su remuneración habitual.

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