La Doctora Tamara Bezares utilizó sus redes sociales para explicar el alcance del fallo de la Cámara Federal de San Martín que revocó la medida cautelar que mantenía vigente el Programa Volver al Trabajo. Con esta decisión, el Ministerio de Capital Humano ya no está obligado a continuar pagando los $78.000.
Volver al Trabajo no se pagará en agosto de 2026. No obstante, Tamara Bezares aclaró que la causa judicial no terminó.
La Cámara Federal revocó la cautelar a favor de Volver al Trabajo
En un resumen difundido en Instagram, Tamara Bezares explicó que la Sala II de la Cámara Federal de San Martín hizo lugar a la apelación presentada por el Estado Nacional, a través de Capital Humano.
Como consecuencia, quedó sin efecto la medida cautelar dictada por el Juzgado Federal de Campana, que había ordenado mantener las prestaciones económicas del Programa Volver al Trabajo. Por esta razón, los beneficiarios del ex Potenciar Trabajo no cobrarán los $78.000 el próximo mes.
Fundamentos del fallo
Según resumió Tamara Bezares, la Cámara basó su decisión en varios argumentos.
En primer lugar, recordó que Volver al Trabajo fue creado con una vigencia de 24 meses mediante el Decreto 198/2024. Al haberse cumplido ese plazo, los jueces entendieron que no se encontraba acreditada, con el grado de verosimilitud exigido, la existencia de un derecho que justificara mantener una medida cautelar innovativa.
Además, señalaron que el Estado implementó el nuevo programa Formando Capital Humano, mediante la Resolución 295/2026. En ese sentido, consideraron que la razonabilidad del reemplazo de Volver al Trabajo por dicho plan deberá analizarse al momento de dictarse la sentencia definitiva y no durante la etapa cautelar.
Asimismo, los camaristas sostuvieron que mantener vigente la cautelar implicaba adelantar, en los hechos, el resultado del juicio e interferir en el diseño de las políticas públicas.
El juicio continúa
Uno de los puntos destacados por Tamara Bezares es que el amparo sigue vigente. Es decir, la discusión judicial sobre la legalidad de la finalización de Volver al Trabajo todavía no fue resuelta.
Por el momento, la consecuencia práctica del fallo es que dejan de efectuarse los pagos que se venían realizando en cumplimiento de la medida cautelar. Sin embargo, la cuestión de fondo permanece abierta y el juez de primera instancia deberá resolverla.


