Estudiante pensando frente a cartel de Anses para AUH o SUAF

Anses aclaró que no es posible cobrar AUH si corresponde SUAF

La Anses aclaró que no es posible cobrar AUH si corresponde SUAF. Además recordó que el Formulario Madres no sirve para ello.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) recordó que no existe ninguna posibilidad de elegir entre cobrar el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) o la Asignación Universal por Hijo (AUH). El tipo de beneficio se liquida considerando la situación laboral de ambos progenitores.

Muchas personas buscan acceder a la AUH debido a que su monto y los beneficios asociados resultan más convenientes.

No existe un trámite para cambiar de SUAF a AUH

Anses remarcó que el SUAF y la AUH están destinados a diferentes grupos de beneficiarios. Por ese motivo, no existe un procedimiento que permita renunciar al SUAF para comenzar a cobrar la AUH.

En los últimos años se difundió la idea de que el Formulario Madres sirve para realizar ese cambio. No obstante, esto es incorrecto. El mismo únicamente garantiza que el pago de la asignación se efectúe a la persona que está a cargo del menor o hijo con discapacidad.

Es decir, si Anses determina que una familia debe cobrar el SUAF, el Formulario Madres no convierte esa asignación en una AUH.

Diferencia entre asignaciones de Anses

El SUAF está dirigido a trabajadores registrados, jubilados, pensionados, beneficiarios del fondo de desempleo, titulares de prestaciones de una ART y monotributistas.

En cambio, la AUH corresponde a personas desocupadas, trabajadores informales, monotributistas sociales y empleados de casas particulares.

Por ello, el beneficio que paga Anses depende exclusivamente de la condición laboral del grupo familiar y no de una elección del titular.

El único momento en que puede producirse un cambio del SUAF a la AUH es cuando ambos progenitores dejan de tener ingresos formales. En ese caso, Anses realiza la conversión de manera automática y sin necesidad de presentar una solicitud.

Generalmente, el proceso demora entre dos y tres meses. Sin embargo, el plazo puede extenderse hasta doce meses para trabajadores de la construcción y empleados temporarios o eventuales alcanzados por el Decreto 592/2016, ya que esa normativa establece el pago del SUAF por 12 meses.

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